Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 273

Fecha del Boletín 
14-11-2016

Sección 2.111.40.2: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161114-36

Páginas: 3


II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Agencia Estatal de Administración Tributaria

Delegación Especial de Madrid

36
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Agencia Estatal de Administración Tributaria. Enajenación subasta bienes

Subasta número: S2016R2886001070.

Se hace saber: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 101 del Reglamento General de Recaudación aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, se dictaron acuerdos con fecha 21 de septiembre de 2016, decretando la enajenación mediante subasta de los bienes que se detallan en la relación de bienes a subastar incluida en este anuncio como anexo I. La subasta se celebrará el día 14 de diciembre de 2016, a las diez horas en la Delegación Especial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en Madrid, calle Guzmán el Bueno, número 139.

En cumplimiento del citado artículo, se publica el presente anuncio y se advierte a las personas que deseen participar en la subasta, lo siguiente:

Primero.—Los bienes a subastar están afectos por las cargas y gravámenes que figuran en su descripción, y que constan en el expediente, las cuales quedarán subsistentes sin que pueda aplicarse a su extinción el precio de remate.

Segundo.—La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de los bienes, si se realiza el pago del importe de la deuda no ingresada, los intereses que se hayan devengado o se devenguen hasta la fecha del ingreso en el Tesoro, los recargos del período ejecutivo y las costas del procedimiento de apremio.

Tercero.—Los licitadores podrán enviar o presentar sus ofertas en sobre cerrado desde el anuncio de subasta hasta una hora antes del comienzo de esta, sin perjuicio de que puedan participar personalmente en la licitación con posturas superiores a las del sobre. Dichas ofertas, que tendrán el carácter de máximas, serán presentadas en el registro general de la oficina donde se celebre la subasta, haciéndose constar en el exterior del sobre los datos identificativos de la misma. En el sobre se incluirá además de la oferta y el depósito constituido conforme al punto cuarto, los datos correspondientes al nombre y apellidos o razón social o denominación completa, número de identificación fiscal y domicilio del licitador.

Los licitadores podrán participar en la subasta por vía telemática presentando ofertas y/o realizando pujas automáticas, a través de la página web de la Agencia Tributaria www.agenciatributaria.es, de acuerdo con lo establecido en la resolución 5/2002, de 17 de mayo (“Boletín Oficial del Estado” de 24 de mayo de 2002), de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se regula la participación por vía telemática en procedimientos de enajenación de bienes desarrollados por los órganos de recaudación.

Cuarto.—Todo licitador habrá de constituir ante la mesa de subasta con anterioridad a su celebración un depósito del 20 por 100 del tipo de subasta en primera licitación, excepto para aquellos lotes en los que se hubiese acordado un porcentaje menor, que en ningún caso será inferior al 10 por 100. El importe del depósito para cada uno de los lotes está determinado en la relación de bienes a subastar incluida en este anuncio.

El depósito deberá constituirse mediante cheque que cumpla los requisitos establecidos en el artículo 35.1 del Reglamento General de Recaudación o por vía telemática, a través de una entidad colaboradora adherida a este sistema que asignará un número de referencia completo (NRC) que permita su identificación, de acuerdo con lo establecido en la resolución 5/2002, de 17 de mayo (“Boletín Oficial del Estado” de 24 de mayo de 2002), del director general de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Si los adjudicatarios no satisfacen el precio de remate, este depósito se aplicará a la cancelación de la deuda, sin perjuicio de las responsabilidades en que puedan incurrir por los perjuicios que origine esta falta de pago.

Quinto.—En caso de que no resulten adjudicados los bienes en una primera licitación, la mesa de subasta podrá acordar la celebración de una segunda licitación, si lo juzga procedente, fijando el nuevo tipo de subasta en el 75 por 100 del tipo de subasta en primera licitación, o bien anunciará la iniciación del trámite de adjudicación directa que se llevará a cabo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 107 del Reglamento General de Recaudación.

Sexto.—El adjudicatario deberá ingresar en la fecha de la adjudicación, o dentro de los quince días siguientes, la diferencia entre el depósito constituido y el precio de la adjudicación.

El ingreso podrá realizarse en bancos, cajas de ahorros y cooperativas de crédito, en las que no es preciso tener cuenta abierta. También puede realizar el pago mediante adeudo en su cuenta corriente, a través de Internet en la dirección es www.agenciatributaria.es, en la opción: Sede Electrónica-Procedimientos, servicios y trámites-Trámites destacados- Pagar impuestos. Para realizar el pago a través de Internet es necesario disponer de un sistema de firma electrónica de los admitidos por la Agencia Tributaria.

Asimismo, si lo solicita a la mesa de subasta en el acto de adjudicación, el adjudicatario podrá realizar el ingreso del importe total del precio de adjudicación, en cuyo caso, una vez comprobado el ingreso, se procederá por la Agencia Tributaria a levantar la retención realizada sobre el depósito constituido por el adjudicatario.

Séptimo.—Cuando en la licitación no se hubiera cubierto la deuda y quedasen bienes sin adjudicar la mesa anunciará la iniciación del trámite de adjudicación directa.

Las ofertas se podrán presentar en el plazo en que a tales efectos comunique la mesa de subasta. Se deberán presentar en sobre cerrado en el registro general de la oficina donde se haya celebrado la subasta y deberán ir acompañadas, en su caso, del depósito.

Asimismo, se podrán presentar ofertas a través de la página web de la Agencia Tributaria www.agenciatributaria.es, de acuerdo con lo establecido en la resolución 5/2002, de 17 de mayo (“Boletín Oficial del Estado” de 24 de mayo de 2002), de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se regula la participación por vía telemática en procedimientos de enajenación de bienes desarrollados por los órganos de recaudación.

Transcurrido el plazo señalado por la mesa de subastas, se abrirán por la misma las ofertas presentadas, pudiendo proceder a la adjudicación de los bienes si alguna de ellas se considera suficiente en ese momento. En caso contrario, se anunciará la extensión del plazo para presentación de nuevas ofertas, o mejora de las ya existentes, sin perjuicio de la validez de las ofertas presentadas hasta ese momento y así sucesivamente, con el límite total de seis meses.

El precio mínimo de adjudicación directa será el tipo de subasta en primera licitación cuando no se haya considerado procedente celebrar una segunda licitación; si hubiera existido segunda licitación, no habrá precio mínimo.

Octavo.—Tratándose de inmuebles, el adjudicatario podrá solicitar expresamente en el acto de la adjudicación el otorgamiento de escritura pública de venta de inmueble.

Noveno.—Cuando se trate de bienes inscribibles en registros públicos, los licitadores no tendrán derecho a exigir otros títulos de propiedad que los aportados en el expediente; dichos títulos estarán a disposición de los interesados en las oficinas de esta Dependencia de Recaudación donde podrán ser examinados todos los días hábiles a partir de la publicación del presente anuncio, hasta el día anterior al de subasta.

En caso de no estar inscritos los bienes en el Registro, el documento público de venta es título mediante el cual puede efectuarse la inmatriculación en los términos previstos en la legislación hipotecaria; en los demás casos en que sea preciso, podrá procederse como dispone el título VI de la Ley Hipotecaria para llevar a cabo la concordancia entre el Registro y la realidad jurídica.

Décimo.—El tipo de subasta no incluye los impuestos indirectos que gravan la transmisión de dichos bienes. Todos los gastos e impuestos derivados de la transmisión, incluidos los derivados de la inscripción en el Registro correspondiente del mandamiento de cancelación de cargas posteriores, serán por cuenta del adjudicatario.

El adjudicatario exonera expresamente a la AEAT, al amparo del artículo 9 de la Ley 49/1960, de 21 de junio, de Propiedad Horizontal, modificado por Ley 8/1999, de 6 de abril, de la obligación de aportar certificación sobre el estado de las deudas de la comunidad, siendo a cargo del mismo los gastos que queden pendientes de pago.

Undécimo.—El procedimiento de apremio solamente se suspenderá en los términos y condiciones señalados en el artículo 165 de la Ley General Tributaria (Ley 58/2003, de 17 de diciembre).

Duodécimo.—También serán de aplicación las condiciones que se recogen en el anexo 2. En todo lo no previsto en este anuncio se estará a lo preceptuado en las disposiciones legales que regulen el acto.

ANEXO 1

RELACIÓN DE BIENES A SUBASTAR

SUBASTA NÚMERO: S2016R2886001070.

LOTE 01

NÚMERO DE DILIGENCIA: 281123421280E.

FECHA DE LA DILIGENCIA: 29-11-2011.

TIPO DE SUBASTA EN PRIMERA LICITACIÓN: 2.176.581,42 EUROS.

TRAMOS: 2.000,00 EUROS.

DEPÓSITO: 435.316,28 EUROS.

TIPO DE DERECHO: PLENO DOMINIO.

BIEN NÚMERO 1.

TIPO DE BIEN: SOLAR.

LOCALIZACIÓN: PA C4-2 (LOS MOLINOS) S/N. 28901 GETAFE (MADRID).

REG. NÚM. 1 DE GETAFE. TOMO: 1531. LIBRO: 764. FOLIO: 121. FINCA: 51504. INSCRIPCIÓN: 1.

REFERENCIA CATASTRAL: 0536802VK4603N 0001 IU.

DESCRIPCIÓN: 45 ENTEROS 16 CENTÉSIMAS POR 100 DE LA FINCA 51.504.

URBANA. PARCELA DENOMINADA C4-2 EN PLAN PARCIAL 02 “LOS MOLINOS” SITUADA EN EL TERMINO MUNICIPAL DE GETAFE. TIENE UNA SUPERFICIE TOTAL DE 3.000 M2 Y UN PERÍMETRO DE 220 METROS. LINDA: NORTE, VIARIO PEATONAL; ESTE, CL GUARDA CUIDADORA; SUR, CALLE VIAJE AL PARNASO, AL OESTE, CON PARCELA C4.1 DESTINADA A VIVIENDA COLECTIVA CON PROTECCIÓN PÚBLICA EN MANZANA CERRADA, NÚMERO MÁXIMO VIVIENDAS 79, PARCELA MÍNIMA 1.500 M2, SUPERFICIE EDIFICABLE 7.650 M2. INF. ADICIONAL: REFERENCIA CATASTRAL 0536802VK4603N0001IU.

VALORACIÓN: 2.261.127,33 EUROS.

CARGAS:

IMPORTE TOTAL ACTUALIZADO: 84.545,91 EUROS.

CARGA NÚMERO 1:

ANOTACIÓN PREVENTIVA DE EMBARGO LETRA A, A FAVOR DEL AYUNTAMIENTO DE GETAFE, SOBRE, UN 45 ENTEROS 16 CENTÉSIMAS POR 100, PARA RESPONDER A 772015 DE UN PENDIENTE DE 62.674,83 PRINCIPAL, 12.552,76 RECARGO Y 9.318,32 DE INTERESES DEVENGADOS.

CARGA NÚMERO 2:

SUJETA AL DERECHO DE REVERSIÓN QUE PUEDA CORRESPONDER A LOS PROPIETARIOS DE LAS FINCAS AGRUPADAS EN LA REGISTRAL 51.422 SEGÚN LA INSCRIPCIÓN 1 DE DICHA FINCA Y SUJETA UNA CUOTA DEL 49,90% CORRESPONDIENTE AL CONSORCIO URBANÍSTICO LOS MOLINOS-BUENAVISTA AL APROVECHAMIENTO URBANÍSTICO QUE CONSTA INSCRITO EN LA FINCA 50.127 A FAVOR DE DISTINTOS TITULARES.

LOTE 02

NÚMERO DE DILIGENCIA: 281523330323S.

FECHA DE LA DILIGENCIA: 19-02-2015.

TIPO DE SUBASTA EN PRIMERA LICITACIÓN: 1.116.099,05 EUROS.

TRAMOS: 2.000,00 EUROS.

DEPOSITO: 223.219,81 EUROS.

TIPO DE DERECHO: PLENO DOMINIO.

BIEN NÚMERO 1.

TIPO DE BIEN: VIVIENDA.

LOCALIZACIÓN: AV PRINCIPAL 15. 28219 EL ESCORIAL (MADRID).

REG. NÚM. 2 DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL. TOMO: 3319. LIBRO: 297. FOLIO: 55. FINCA: 11520 INSCRIPCIÓN: 5.

REFERENCIA CATASTRAL: 1536601VK1913N 0001 RD.

DESCRIPCIÓN: VIVIENDA UNIFAMILIAR CONSTRUIDA SOBRE LA PARCELA 220 DEL PLAN DE PARCELACIÓN CIUDAD BOSQUE “LOS ARROYOS”, EN EL TERMINO MUNICIPAL DE EL ESCORIAL, URB. LOS ARROYOS, SECTOR 5, CALLE UNO, AVDA. PRINCIPAL, HOY NAVALQUEJIDO, AVDA. PRINCIPAL, NÚMERO 15. LA PARCELA OCUPA UNA SUPERFICIE DE 2.950,16 M2. LA VIVIENDA OCUPA SOBRE LA PARCELA DONDE SE ENCLAVA UNA SUPERFICIE APROXIMADA DE 396,40 M2 Y CONSTA DE 3 PLANTAS, CON UNA SUMA TOTAL DE SUPERFICIE CONSTRUIDA EN LAS 3 PLANTAS DE 874,16 M2. LINDA: POR SU FRENTE CON AVDA. PRINCIPAL, DERECHA CON PARCELA 221, IZQUIERDA CON PARCELA 219 Y POR EL FONDO CON PARQUE NATURAL RECREATIVO. REF CATASTRAL: 1536601VK1913N 0001 RD.

VALORACIÓN: 1.116.099,05 EUROS.

CARGAS: NO CONSTAN CARGAS.

ANEXO 2

OTRAS CONDICIONES

SUBASTA NÚMERO: S2016R2886001070.

NO EXISTEN OTRAS CIRCUNSTANCIAS, CLÁUSULAS O CONDICIONES QUE DEBAN APLICARSE EN ESTA SUBASTA.

Madrid, a 21 de septiembre de 2016.

(02/37.822/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 2.111.40.2: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

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