Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 273

Fecha del Boletín 
14-11-2016

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161114-66

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 15

66
Madrid número 15. Procedimiento 1.115 de 2011, notificación a Dejin Zheng

EDICTO

Doña Rosa María Mariscal de Gante Mirón, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 15.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 1.115 de 2011, instados por el procurador don Ignacio Argos Linares, en nombre y representación de “Recreativos Pozuelo, Sociedad Limitada”, contra don Dejin Zheng, en reclamación de 14.336 euros, en los que se ha dictado en fecha 3 de mayo de 2016 sentencia, cuyo fallo es la siguiente:

Que estimando la demanda interpuesta por el procurador don Ignacio Argos Linares, en nombre y representación de “Recreativos Pozuelo, Sociedad Limitada”, frente a don Dejin Zheng:

1. Debo condenar y condeno a dicho demandado a que abone a la demandante la cantidad de 14.336 euros, suma de la restitución del precio de exclusiva recibido de la indemnización de daños y perjuicios

2. Debo condenar y condeno al demandado al pago de las costas.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez (firmado).

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado Dejin Zheng y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 1 de septiembre de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/31.591/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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