Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 271

Fecha del Boletín 
11-11-2016

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161111-115

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10

115
Madrid número 10. Procedimiento 92 de 2016

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Belén Requena Navarro, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 10 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 92 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Julio César Páez Rodríguez, frente a “Hotelme 2005, Sociedad Limitada” y “Menta Hotels, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución número 743 de 2016:

Decreto

En Madrid, a 11 de octubre de 2016.

Parte dispositiva:

Se aprueba la conciliación obtenida por las partes, en fecha 11 de octubre de 2016, en los términos siguientes:

Con carácter previo, la parte actora desiste de la demanda frente a “Siral Hoteles, Sociedad Limitada”, “Rojuma Inversiones, Sociedad Limitada” y “Hotel Laris, Sociedad Limitada”.

La empresa reconoce la improcedencia del despido con efectos del día de hoy y ofrece como indemnización neta la cantidad total de 29.561,26 euros, de la que ya constan abonados 16.635,50 euros, restando, por tanto, 12.925,44 euros, y reconoce adeudar al trabajador la cantidad de 14.635,89 euros brutos por los conceptos del hecho sexto de la demanda correspondientes a nómina de noviembre de 2015 por importe de 1.700,80 euros, nómina de diciembre de 2015 por importe de 793,70 euros, paga extra de diciembre de 2015 por importe de 1.343,09 euros, parte proporcional de paga de junio de 2016 por importe de 640,31 euros, y parte proporcional de vacaciones (seis días) por importe de 319,07 euros, y premio de vinculación (artículo 24 del convenio colectivo de Hospedaje de la Comunidad de Madrid) por importe de 9.838,92 euros. Además adeuda los salarios devengados desde la fecha de despido, 15 de diciembre de 2015, hasta el día de hoy. En total 11 mensualidades a razón de 2.153,07 euros = 23.683,67 euros. Lo que hace un total de 38.319,66 euros (14.635,89 euros + 23.683,67 euros).

El pago de la citada cantidad se realizará en el plazo de siete días mediante transferencia bancaria a la cuenta donde el trabajador percibía habitualmente su nómina.

El trabajador acepta y con el percibo de dichas cantidades declara saldada y finiquitada la relación laboral con la empresa que queda extinguida con efectos del 11 de octubre de 2016.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, número 2508-0000-61-0092-16.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La letrada de la Administración de Justicia, Ana Belén Requena Navarro.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Hotel Laris, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 13 de octubre de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/36.226/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161111-115