Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 270

Fecha del Boletín 
10-11-2016

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161110-274

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37

274
Madrid número 37. Ejecución 75 de 2016

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Rebeca Ballesteros Herrero, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 37 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 75 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Gerardo Gutiérrez Gutiérrez, frente a “Outsourcing of Cleaning Services Madrid, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:

Se declara extinguida la relación laboral entre la parte ejecutante don Gerardo Gutiérrez Gutiérrez y la ejecutada “Outsourcing of Cleaning Services Madrid, Sociedad Limitada”, con efectos de esta resolución (27 de septiembre de 2016).

Se condena a “Outsourcing of Cleaning Services Madrid, Sociedad Limitada”, a satisfacer al ejecutante una indemnización de cuarenta y cinco días de salario por año trabajado hasta el día 12 de febrero de 2012, y de treinta y tres días por año, desde esa fecha (conforme al Real Decreto 3/2012, de 10 de febrero, disposición transitoria quinta), prorrateándose, en ambos casos, los períodos inferiores a una anualidad, computándose como tiempo de servicio el transcurrido hasta la fecha de esta resolución, que supone el importe de 8.033,82 euros.

Se condena a la empresa a abonar al demandante en concepto de salarios de tramitación 18.656,44 euros.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda por aplicación del artículo 184.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Asimismo, se deberá consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que este Juzgado tiene abierta en el “Banco Santander”, número de cuenta 2810/ 0000/64/0075/16, como depósito, quienes no gocen del derecho de asistencia jurídica gratuita la cantidad 25 euros, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, debiéndose acompañar necesariamente resguardo acreditativo de dicho ingreso, procediéndose en caso de no verificarlo a la no admisión a trámite del recurso de reposición interpuesto.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Outsourcing of Cleaning Services Madrid, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 29 de septiembre de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/36.219/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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