Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 260

Fecha del Boletín 
29-10-2016

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161029-11

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2

11
Madrid número 2. Procedimiento 471 de 2016

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Paula Mateo Erroz, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 471 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alejandro García Pena, frente a “Gios Coffee, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la sentencia número 404 de 2016, cuyo encabezamiento y fallo son del siguiente tenor literal:

Sentencia número 404 de 2016

En Madrid, a 12 de septiembre de 2016.—Vistos por el ilustrísimo magistrado-juez del Juzgado de lo social número 2 de Madrid, don Francisco José del Pozo Sánchez, los presentes autos número 471 de 2016, seguidos a instancias de don Alejandro García Pena, contra “Gios Coffee, Sociedad Limitada”, sobre despido, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Estimo la demanda sobre despido formulada por don Alejandro García Pena, frente a “Gios Coffee, Sociedad Limitada”, y en consecuencia, declaro la improcedencia del despido efectuado, condenando a la demandada a optar por la readmisión en las mismas condiciones que regían con carácter previo al despido, más el abono de los salarios de trámite o, en su caso, por poner fin a la relación laboral abonando la indemnización por importe de 1.800,15 euros.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra ella podrá interponerse recurso de suplicación en el plazo de cinco días ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a contar desde su notificación y conforme a los artículos 188 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, pasados los cuales quedará firme en derecho.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Gios Coffee, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 15 de septiembre de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/35.200/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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