Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 257

Fecha del Boletín 
26-10-2016

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161026-53

Páginas: 5


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN

OFERTAS DE EMPLEO

53
Pozuelo de Alarcón. Ofertas de empleo. Bases puesto libre designación

BASES PARA LA COBERTURA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO PÚBLICO DE CONCURRENCIA Y DESIGNACIÓN LIBRE, DE UN PUESTO DE DIRECTOR/A GENERAL DE ÁREA (ÁREA DE GOBIERNO DE INFRAESTRUCTURAS) COMO PERSONAL DIRECTIVO PROFESIONAL

1. Objeto de la convocatoria

1.1. Las presentes bases y convocatoria regirán el proceso de selección mediante procedimiento público de concurrencia y designación libre, para cubrir el puesto de personal directivo profesional denominado director/a general de Área, que habrá de prestar servicios en el Área de Gobierno de Infraestructuras de este Ayuntamiento, y que culmina la organización administrativa del área citada, la cual abarca las siguientes materias: obras e infraestructuras, medio ambiente, urbanismo, vivienda, patrimonio, movilidad y transportes.

Dicho puesto se encuentra dotado presupuestariamente y vacante en la actualidad, con las características que se detallan en el anexo I de estas bases, de conformidad con establecido en el artículo 13 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) en relación con lo dispuesto en el artículo 130 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LBRL), y con el artículo 64 del Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración del Ayuntamiento, aprobado definitivamente por acuerdo del Pleno de 30 de julio de 2008 y publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 12 de agosto del mismo año (en adelante, ROGA). Toda vez que el decreto de estructura del Área de Gobierno de Infraestructuras no prevé que el titular de este puesto directivo pueda no reunir la condición de funcionario, estas bases y convocatoria se dirigen a su cobertura por funcionarios públicos de carrera.

Supletoriamente y en lo que resulte adecuado a la naturaleza del presente procedimiento, podrán ser aplicadas para solventar cuestiones que puedan suscitarse, las vigentes bases generales que rigen las convocatorias para cubrir plazas de funcionarios de carrera en este Ayuntamiento (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 270, de 13 de noviembre de 2007).

1.2. El procedimiento de selección se ajustará atendiendo a criterios de competencia profesional y experiencia a lo dispuesto en las presentes bases, así como a lo previsto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en el título X de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en el Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración de Pozuelo de Alarcón, en la demás normativa vigente en materia de función pública que fuera de aplicación, y en la legislación reguladora del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas y su normativa de desarrollo.

2. Requisitos de participación

Podrán tomar parte en la convocatoria los candidatos que dentro del plazo de presentación de instancias reúnan los siguientes requisitos:

— Poseer la nacionalidad española.

— Ser funcionario de carrera del Estado, de las Comunidades Autónomas, de las Entidades Locales o con habilitación de carácter nacional y pertenecer a Cuerpos o Escalas clasificados en el subgrupo A1.

— Estar en posesión del título de doctor, licenciado, ingeniero, arquitecto, grado o equivalente.

Los indicados requisitos habrán de mantenerse hasta la resolución del proceso selectivo. Asimismo, se exigirá reunir los requisitos de compatibilidad en el momento de la incorporación, de acuerdo con la legislación vigente.

3. Forma y plazo de presentación de solicitudes

3.1. Las solicitudes para tomar parte en el proceso se ajustarán al modelo de instancia que figura en el Anexo II de las presentes bases, modelo que a su vez estará disponible en las Oficinas de Atención al Ciudadano y en la Unidad de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, así como en la página web www.pozuelodealarcon.org y en la publicación del tablón de edictos, que podrá consultarse a través de la sede electrónica: https://pozuelodealarcon.es/sedeelectronica/index.asp y podrá presentarse por cualquier medio de los establecidos en el artículo 16.4, con las previsiones de la disposición transitoria segunda de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

A la solicitud se acompañará la siguiente documentación:

a) Fotocopia simple del documento nacional de identidad o pasaporte en vigor.

b) Certificado, original o fotocopia compulsada, referido a los requisitos que se exigen para el desempeño del puesto convocado, expedido por el órgano de las Administraciones públicas con potestad certificante, y que habrá de aludir al Cuerpo o escala/subescala/clase del funcionario, grupo/subgrupo, Administración de procedencia y situación administrativa actual.

c) Fotocopia simple del título de doctor, grado o licenciado correspondiente al requisito de titulación exigido en el apartado 2 anterior. Equivaldrá a dicho título un certificado acreditativo de reunir los requisitos para la expedición del mismo, emitido por el órgano público competente, así como el justificante de liquidación del pago de las tasas académicas por su expedición, en su caso.

d) Currículum vítae, en el que se habrá de reflejar, al menos, los títulos académicos y profesionales, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados, estudios y cursos de formación realizados, así como cualquier otro mérito que considere oportuno el candidato. Para poder proceder a la valoración y toma en consideración de los méritos aducidos, el currículum vítae deberá ir acompañado de la documentación acreditativa de los mismos, en original o copia debidamente compulsada o certificada.

3.2. Dichas solicitudes y la documentación que se acompañe a las mismas deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, sito en las Oficinas de Atención al Ciudadano, o en cualquiera de las formas contempladas en el citado artículo 16.4, con las previsiones de la disposición transitoria segunda de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, durante el plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente al que aparezca publicado en el Boletín Oficial del Estado el anuncio de la convocatoria, el cual identificará el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID donde figurarán las bases completas.

Estas bases se publicarán además en el tablón de anuncios municipal y en la página web del Ayuntamiento (www.pozuelodealarcon.org), donde también serán publicados los sucesivos anuncios correspondientes a la presente convocatoria.

3.3. Expirado el plazo de presentación de instancias se dará traslado de las solicitudes presentadas junto a su documentación al órgano competente para que pueda efectuar la propuesta que fuere procedente. Previamente, si ha lugar a ello, se otorgará un plazo de diez días hábiles para la subsanación de las solicitudes, de conformidad con lo previsto en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

4. Resolución y designación

4.1. Recibidas las solicitudes de participación y subsanados, en su caso, los defectos en que las mismas pudieran incurrir, por el/la titular del Área de Gobierno de Infraestructuras (cuarto/a teniente de alcalde) se formulará propuesta de nombramiento a la Junta de Gobierno Local a favor del candidato que se determine, atendiendo a criterios de mérito, capacidad, idoneidad para el puesto, competencia profesional y experiencia, previo examen de los méritos alegados y la documentación presentada, sin perjuicio de que por falta de idoneidad pueda declararse desierto el procedimiento.

4.2. De igual modo, con carácter previo a la propuesta de nombramiento, podrán requerirse cuantos informes se estimen necesarios para formular dicha propuesta, pudiendo incluso convocar a alguno/s o a todos los aspirantes para la celebración de una entrevista personal sobre cuestiones derivadas de su currículum profesional y cualesquiera otras que el órgano competente tenga a bien realizar.

4.3. El nombramiento se efectuará por la Junta de Gobierno Local a propuesta del/la titular del/la titular del Área de Gobierno de Infraestructuras (cuarto/a teniente de alcalde). De la resolución de nombramiento habrá de darse cuenta a los organismos que proceda. Dicha resolución se motivará con referencia al cumplimiento, por parte del candidato elegido, de los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria y de la competencia para proceder al nombramiento.

No obstante lo anterior, podrá quedar desierto el proceso si no hubiera candidato idóneo para el puesto, a juicio del órgano competente.

4.4. Notificado el acuerdo y con anterioridad al alta del candidato designado, este deberá formular declaración en el sentido establecido en la disposición adicional decimoquinta, apartado 2, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y de acuerdo con el Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.

4.5. El plazo de toma de posesión en el nuevo destino será el contemplado en el artículo 48 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, es decir, tres días hábiles si se trata de puestos de trabajo en la misma localidad, o de un mes, si se trata de puestos de trabajo en localidad distinta.

El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del procedimiento. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación. Se podrá diferir el cese y toma de posesión en los supuestos reglamentariamente previstos.

5. Protección de datos

A los efectos de cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se informa que los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento por el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, siendo su cumplimentación obligatoria para la admisión a la convocatoria, con el fin de facilitar el llamamiento de los seleccionados si fuere necesario; pudiendo ejercerse dirigiendo por escrito a la Concejalía de Recursos Humanos, Formación y Régimen Interior los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en los términos legalmente previstos.

6. Régimen de impugnaciones

Contra el acuerdo aprobatorio de las presentes bases y convocatoria, y conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse por quien posea la condición de interesado y potestativamente: recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo ha dictado, desde la publicación en el “Boletín Oficial del Estado” o en el tablón de anuncios municipal (si es posterior), o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde dicha publicación ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.





Lo que notifico a usted para su conocimiento y efectos oportunos, significándole que contra la presente resolución y de acuerdo con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la ha dictado, contado a partir del día siguiente al de la notificación, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contado, asimismo, a partir de dicho momento, ante el órgano correspondiente del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.

Pozuelo de Alarcón, a 21 de octubre de 2016.—La titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, Alicia Bernardo Fernández.

(03/37.413/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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