Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 255

Fecha del Boletín 
24-10-2016

Sección 1.4.35.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161024-12

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

12
RESOLUCIÓN de 4 de octubre de 2016, de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid, por la que se incoa el expediente de declaración de Bien de Interés Cultural de la pintura “David y la Cabeza de Goliat”, de José de Ribera.

A instancias de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales y de Archivos y Bibliotecas del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, conforme a la Resolución de 16 de abril de 2014, por la que se resolvió denegar la exportación de la pintura ”David y la Cabeza de Goliat”, de José de Ribera; vista la propuesta emitida por el Área de Catalogación de Bienes Culturales, de la Dirección General de Patrimonio Cultural; considerando que la citada obra, merece ser declarada Bien de Interés Cultural por su valor histórico y artístico; de conformidad con lo establecido en el artículo 7 y concordantes de la Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, y en virtud de las competencias establecidas en el artículo 26.1.b) del Decreto 192/2015, de 4 de agosto, del Consejo de Gobierno por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 6 de agosto de 2015),

RESUELVO

Primero

Incoar expediente para la declaración como Bien de Interés Cultural de la pintura “David y la Cabeza de Goliat”, de José de Ribera, cuya descripción y justificación de los valores que motivan su declaración figuran en el Anexo adjunto.

Segundo

Ordenar que la presente Resolución se notifique a los interesados, a los efectos procedentes, y que se solicite informe a la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando que, de conformidad con el artículo 7.3 de la Ley 3/2013, de 8 de junio, de no ser emitido en el mes siguiente a su petición se entenderá en sentido favorable a la declaración.

Tercero

Abrir un período de información pública por un plazo de un mes a contar desde la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante el cual se dará audiencia a los interesados, al Ayuntamiento de Madrid y al Consejo Regional de Patrimonio Histórico; todo ello a fin de que cuantas personas tengan interés, puedan examinar el expediente, previa cita, en las dependencias de la Dirección General de Patrimonio Cultural, calle Arenal, número 18, 28013 de Madrid, y presentar las alegaciones que estimen oportuno.

Cuarto

Ordenar que la presente Resolución se notifique al Registro General de Bienes de Interés Cultural del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y al Registro de Bienes de Interés Cultural de la Comunidad de Madrid, para su anotación preventiva a los efectos procedentes.

Madrid, a 4 de octubre de 2016.—La Directora General de Patrimonio Cultural, Paloma Sobrini Sagaseta de Ilurdoz.

ANEXO

DESCRIPCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE LOS VALORES DEL BIEN QUE MOTIVAN SU DECLARACIÓN COMO BIEN DE INTERÉS CULTURAL

A) Descripción del bien objeto de la declaración

Denominación: “David y la Cabeza de Goliat”.

Autor: José de Ribera (Játiva, 1591-Nápoles, 1652).

Escuela: Española.

Época: Siglo XVII, c. 1620.

Clase de bien: Pintura.

Técnica: Pintura al óleo.

Materia: Pintura al óleo sobre lienzo.

Medidas: 116 ´ 97 cm.

Estado de conservación: Bueno.

Del pintor valenciano José de Ribera se saben la fecha y lugar de nacimiento, que tuvo lugar en Játiva en 1591. Sin embargo se desconocen los comienzos de su formación artística, que continúan planteando hipótesis. Es probable que su llegada a Italia tuviera lugar antes de 1610, sin tener certeza del itinerario seguido. Se tiene constancia de su presencia en la ciudad de Parma en el año 1611, gracias al pago realizado por un lienzo de san Martín y el Pobre. Allí estuvo al servicio de la familia Farnesio, en cuya colección pudo ver y estudiar obras de Correggio, Parmigianino y Tiziano.

En 1613 está instalado en Roma y se interesa por Caravaggio, cuya influencia se aprecia inmediatamente en su obra, no solamente por el naturalismo y efectos lumínicos sino por la elección de tipos callejeros para sus figuras. Es admitido en la Academia de San Lucas y se consolida como pintor de éxito entre los coleccionistas italianos y europeos residentes en la ciudad.

No obstante, en 1616 se traslada a Nápoles, donde contrae matrimonio con la hija del pintor Bernardo Azzolino. Ribera se encuentra con una situación favorable, al convertirse en protegido del virrey Pedro Téllez-Girón, duque de Osuna, al que había conocido en Roma. Recibe importantes encargos del virrey, de la nobleza española e italiana y del clero local.

Los lienzos que ejecuta en este primer período, sobre todo entre los años 1620 y 1621, tienen un alto grado de naturalismo. En la década de los treinta inicia un proceso de transformación en su paleta, haciéndola menos sombría hasta llegar a un cromatismo luminoso, donde los contrastes de luz se dulcifican, aproximándose a la paleta veneciana, con una importancia creciente del paisaje.

El lienzo “David y la Cabeza de Goliat” representa el momento en el que David ha vencido al gigante y sostiene la cabeza cortada con su mano izquierda, mientras empuña la espada con la derecha. Aparece representado de medio cuerpo prolongado, con el torso en posición de tres cuartos y la cabeza girada en sentido contrario. La cabeza de Goliat se inclina hacia delante configurando un ligero escorzo. La escena tiene lugar ante un fondo oscuro sin referencias espaciales.

Compositivamente hay cierta proximidad con el lienzo de Caravaggio del mismo tema, conservado en la Galería Borghese de Roma, fechado hacia 1610, ya que ambas pinturas recogen el mismo momento y parecida disposición. También se ha puesto en relación con otra obra de Simón Vouet, pintada hacia 1620. Sin embargo, la obra de Ribera es más radical en sus planteamientos y, en cierto sentido, más barroca, al introducir un violento giro en la figura principal y crear una escena abierta, dejando parte de ella fuera del cuadro.

“David y la Cabeza de Goliat” es una obra de gran calidad técnica y artística, singular dentro de la producción de Ribera por diversos motivos. Es obra tenebrista de modelado vigoroso, en la que se destacan los detalles anatómicos del héroe mediante la intensa iluminación lateral, mientras que la cabeza del gigante aparece definida con notable veracidad pero queda parcialmente en penumbra. La empuñadura y la hoja de la espada emergen de esa oscuridad, quizás en recuerdo del pintor milanés. Todos los elementos que componen la escena quedan patentes, pero sin restar protagonismo a la figura de David. Su rostro no expresa triunfo, sino confianza y naturalidad. La boca abierta y la mirada siguiendo una diagonal ascendente sugieren una conversación con otro personaje, humano o divino, situado fuera del cuadro.

Las direcciones opuestas de las cabezas de David y Goliat y el violento giro del cuello de aquel otorgan un gran dinamismo a la obra, impregnada completamente en el espíritu barroco pese a su aparente austeridad. Como ocurre con frecuencia en las figuras de Ribera, el gesto corporal es un poco forzado, llevado al límite de la corrección anatómica.

La paleta es cálida y reducida, a base de ocres y tostados, salvo el gris acerado de la hoja de la espada. La materia pictórica es densa, tiene cualidades táctiles, como es habitual en Ribera, reproduciendo admirablemente la textura de la piel y el pelo de cada personaje, la rudeza de la indumentaria del pastor o la frialdad del metal.

Por sus características se puede situar en una etapa temprana de su producción, durante los primeros años de estancia en Nápoles, probablemente alrededor de 1620. Se desconoce si fue un encargo español o italiano. Esta etapa de su producción está, a decir de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales y de Archivos y Bibliotecas, del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, muy escasamente representada en las Colecciones Públicas Españolas.

Este tema fue abordado por el pintor en varias ocasiones a lo largo de su vida. En el Alcázar de Madrid figuraba un David que, después del incendio de 1734, quedó en mal estado. En el inventario del marqués de Leganés de 1655 se cita un lienzo de Ribera con este tema. Otro David figuró en la colección del rey francés Luis-Felipe de Orleans. También se conservan dos dibujos del tema en colecciones privadas.

Los actuales propietarios adquirieron la obra en 1987 en la casa de subastas Christie’s. El lienzo ha formado parte de distintas exposiciones, entre ellas, Ribera en Nápoles, celebrada en esa ciudad en 1992 y la antológica del Museo Nacional del Prado, en el mismo año.

En suma, se trata de una obra que refleja a la perfección la personalidad del artista, de magistral composición y sobresaliente técnica, con un uso notable de la luz que la convierte en uno de los mejores ejemplos de la etapa tenebrista del pintor.

Por todo lo expuesto, considerando que José de Ribera es uno de los artistas más importantes e influyentes en la historia del arte español, que la obra “David y la Cabeza de Goliat” es pieza de primer orden en su producción, acertada tanto desde el punto de vista compositivo, como artístico y técnico, y por estar su primer período napolitano escasamente representado en las Colecciones Públicas Españolas, se concluye que esta pintura es obra importante para el patrimonio histórico de la Comunidad de Madrid y reúne los valores de interés histórico y artístico relevantes que establece la Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid para su declaración como Bien de Interés Cultural.

B) Estado de conservación del bien y criterios básicos por los que deberán regirse las futuras intervenciones

La obra se encuentra en buen estado de conservación y los criterios a aplicar en restauraciones futuras serán, en todo caso, los de mínima intervención, diferenciación y reversibilidad.

(03/34.553/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.35.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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