Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 250

Fecha del Boletín 
18-10-2016

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161018-253

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE HUELVA NÚMERO 1

253
Huelva número 1. Ejecución 136 de 2011

EDICTO

Don Pedro Rafael Medina Medina, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Huelva.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 136 de 2011, a instancias de la parte actora don José Luis García Llanes, contra “Vitalia Consultora de Previsión Social, Sociedad Anónima”, doña María Vaque Molas, “Astilleros de Huelva, Sociedad Anónima”, y “Biharko Vida y Pensiones, Sociedad Anónima”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Acuerdo: Declarar a la ejecutada “Vitalia Consultora de Previsión Social, Sociedad Anónima”, en situación de insolvencia total por importe de 12.516,96 euros de principal, más 1.251,69 euros de intereses y costas. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

Notifíquese la presente resolución a las partes y una vez verificado, archívense las presentes actuaciones.

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente (artículo 188 de la Ley Reguladora de Jurisdicción Social). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en el número de cuenta de este Juzgado 1919000083034810, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta, deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Y para que sirva de notificación a la demandada “Vitalia Consultora de Previsión Social, Sociedad Anónima”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Huelva, a 29 de julio de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/33.281/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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