Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 250

Fecha del Boletín 
18-10-2016

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161018-78

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 47

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Madrid número 47. Procedimiento 1.865 de 2012

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 1.865 de 2012, entre “Catranius, Sociedad Limitada”, y don Alberto Sánchez Salcedo, en reclamación de 80.695,14 euros, en cuyos autos se ha dictado resolución, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la procuradora doña Magdalena Ruiz de Luna González, en representación de la empresa “Catranius, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a don Alberto Sánchez Salcedo al pago de la suma total de 80.695,14 euros, de los cuales 75.400,00 euros corresponden a principal y 5.295,14 euros corresponden a intereses pactados desde el día 15 de abril de 2009 hasta sus respectivos vencimientos, e interés pactado desde el 31 de diciembre de 2009 hasta el 31 de diciembre de 2012, y al pago de la cantidad que resulte en concepto de interés legal desde la interposición de la demanda, así como al abono de las costas del procedimiento.

Esta sentencia no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación a interponer por escrito, ante este Juzgado, dentro del plazo de veinte días desde el siguiente a su notificación, para ante la Audiencia Provincial de Madrid.

Conforme a lo establecido en la Instrucción 8/2009, dictada al amparo de la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, se advierte a las partes de la necesidad de constituir depósito de 50,00 euros para interponer recurso de apelación contra la presente sentencia, debiendo, en su caso, acompañar al escrito de interposición del mismo el resguardo acreditativo del ingreso en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado, en el cual se deberá indicar el código “02”, haciendo constar que no se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

La presente resolución ha sido dictada, leída y publicada por la magistrada-juez que la suscribe hallándose celebrando audiencia pública en el día de su fecha, esto es, a 12 de febrero de 2016.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación a don Alberto Sánchez Salcedo expido y firmo la presente en Madrid, a 26 de julio de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/33.980/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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