Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 250

Fecha del Boletín 
18-10-2016

Sección 4.150.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161018-265

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE VIGILANCIA PENITENCIARIA DE MADRID NÚMERO 6

265
Madrid número 6. Ejecutoria 2.484 de 2014

EDICTO

Doña Teresa María Marinero Rivera, secretaria del Juzgado de vigilancia penitenciaria número 6 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el expediente número 324 de 2016 se ha dictado el presente auto, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Auto

En Madrid, a 29 de junio de 2016.—Dada cuenta por devuelto el presente expediente por el ministerio fiscal.

Hechos:

I. Por informe del Servicio de Gestión de Penas y Medidas Alternativas del CIS “Josefina Aldecoa” se ha tenido conocimiento de la existencia de una incidencia producida en la ejecución de la pena de trabajos en beneficio de la comunidad impuesta al penado don Juan David Gaviria Bedoya, consistente en ausencia del trabajo durante más de dos jornadas laborales, como rechazo voluntario al cumplimiento de la pena.

II. Pasadas las actuaciones al ministerio fiscal, el mismo ha emitido informe en el sentido que obra en autos.

Se declara incumplida la pena de trabajos en beneficio de la comunidad impuesta al penado don Juan David Gaviria Bedoya por el Juzgado de lo penal número 32 de Madrid (ejecutoria número 2.484 de 2014).

Póngase en conocimiento del órgano judicial encargado de la ejecución y del Servicio de Gestión de Penas y Medidas Alternativas del CIS “Josefina Aldecoa”.

Dedúzcase testimonio de las actuaciones, y remítase al Juzgado decano de los de Madrid para su reparto, por la posible comisión de un delito de quebrantamiento de condena.

Notifíquese esta resolución al ministerio fiscal, y al penado, haciéndoles saber que contra la presente resolución cabe interponer recurso de reforma en el término de tres días y subsidiario o separado de apelación en el plazo de cinco días a resolver por el juez o Tribunal sentenciador en los términos previstos en la disposición adicional quinta de la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial.

Así lo acuerda, manda y firma la ilustrísima señora doña María Gracia Rupérez Paracuellos, magistrada-juez del Juzgado de vigilancia penitenciaria número 6 de Madrid.—Doy fe.

Y para que conste y sirva de notificación de auto a don Juan David Gaviria Bedoya, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido la presente.

En Madrid, a 21 de septiembre de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/33.858/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.150.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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