Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 244

Fecha del Boletín 
11-10-2016

Sección 4.50.1.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161011-58

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

58
Madrid. Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección Segunda. Procedimiento 365 de 2016

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

Sección Segunda

EDICTO

Doña Beatriz Crespo Marqués, letrada de la Administración de Justicia de la Sección Segunda de la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Doy fe: Que en la pieza de medidas cautelares del procedimiento ordinario número 365 de 2016 se ha dictado resolución de fecha 13 de septiembre de 2016, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Disponemos: Ha lugar a la suspensión cautelar del inciso siguiente del artículo 82 de la ordenanza de tráfico y circulación para la ciudad de Móstoles aprobada inicialmente por acuerdo del Pleno de dicha Corporación en sesión de fecha 23 de octubre de 2014 y aprobada definitivamente al haber transcurrido el plazo de información pública y publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 3 de febrero de 2015: En las zonas tipo A se prohíbe la realización de pruebas de control de aptitudes y comportamientos en circulación en vías abiertas al tráfico general en vehículos de autoescuela por examinadores de la Jefatura Provincial de Tráfico.

Sin imposición de costas a ninguna de las partes.

Notifíquese esta resolución al Ayuntamiento de Móstoles a fin de que se proceda a la ejecución de lo acordado, llévese testimonio de la presente resolución a los autos principales. Procédase a la publicación de la parte dispositiva de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Contra la presente resolución cabe recurso de súplica en el plazo de cinco días desde la notificación, previa constitución del depósito previsto en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, bajo apercibimiento de no admitir a trámite dicho recurso.

Dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de esta Sección con el número 2612/0000/91/0365/16 (“Banesto”, sucursal de la calle Barquillo, número 49), especificando en el campo “Concepto” del documento “Resguardo de ingreso” que se trata de un “Recurso”, seguido del código “20 Contencioso-Reposición/Súplica” (25 euros). Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, el código y tipo concreto de recurso debe indicarse justamente después de especificar los dieciséis dígitos de la cuenta-expediente (separados por un espacio).

Lo acuerdan, mandan y firman los ilustrísimo magistrados de la presente resolución.

Lo que se anuncia para que sirva de notificación a cualquiera que le pudiere interesar, expido el presente edicto que firmo.

En Madrid, a 13 de septiembre de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/33.220/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161011-58