Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 244

Fecha del Boletín 
11-10-2016

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161011-68

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE MAJADAHONDA NÚMERO 8

68
Majadahonda número 8. Procedimiento número 411 de 2014

EDICTO

Doña María Carmen Oria Fernández, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia e instrucción número 8 de Majadahonda.

Hace saber: Que en virtud de lo acordado en los autos número 411 de 2014, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a “Property Concepts, Sociedad Limitada” la siguiente resolución de 13 de mayo de 2016 el tenor literal siguiente en su parte dispositiva:

Fallo

Estimo la demanda presentada por comunidad de propietarios urbanización “Alto Lazarejo” subcomunidad de submanzana 3.2, sita en Las Rozas, representada por el procurador señor Marcos Moreno, contra la entidad mercantil “Property Concepts, Sociedad Limitada”, en situación de rebeldía procesal y en su virtud condeno a la entidad demandada al pago a la actora de 2.286,34 euros, más intereses legales desde la presentación de la demanda, con condena en costas a la parte demandada.

Líbrase testimonio de la sentencia y únase a las actuaciones, insertándose el original en el libro de sentencias.

Notifíquese la presente sentencia a las partes en legal forma advirtiéndoles de que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, en el plazo de veinte días desde el siguiente a su notificación.

Así lo acuerda y firma.—La magistrada-juez del Juzgado de instancia número 8 de Majadahonda (Madrid), doña María Inmaculada González Cervera.

En Majadahonda, a 18 de julio de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/33.003/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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