Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 244

Fecha del Boletín 
11-10-2016

Sección 1.3.35.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161011-5

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

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RESOLUCIÓN de 26 de septiembre de 2016, de la Dirección General de Justicia y Seguridad, por la que se aprueban y se hacen públicos los listados provisionales de admitidos a las pruebas para la renovación del Certificado Acreditativo del Personal de Control de Acceso a Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.

De conformidad con lo establecido en el artículo 5.1 de la Orden 734/2014, de 3 de abril, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases generales de las pruebas para la renovación del certificado acreditativo del personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas, y el Apartado Quinto de la Orden 2214/2016, de 8 de junio, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se convocan pruebas para la renovación del certificado acreditativo del personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas,

RESUELVO

Primero

Aprobar y hacer públicos los listados provisionales de aspirantes admitidos a las citadas pruebas, que serán expuestos en los tablones de anuncios del Registro General de la Comunidad de Madrid y de los Registros de las Consejerías, cuyas direcciones figuran en el Anexo II a esta Resolución.

Segundo

Aprobar y publicar los listados provisionales de aspirantes no admitidos, hasta la subsanación de las deficiencias establecidas en el mismo, y de aspirantes excluidos, que se incorporan como Anexo I a esta Resolución. De conformidad con el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución, para la subsanación de los defectos detectados.

Tercero

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.2 de la Orden 734/2014, de 3 de abril, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, anteriormente citada, los aspirantes que no figuren en el listado provisional de admitidos podrán dirigirse al Tribunal Calificador, sito en la sede del Área de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Dirección General de Seguridad e Interior (Gran Vía, número 6, tercera planta), para conocer las causas de su no admisión y dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución, a fin de subsanar, en su caso, el defecto que haya motivado su no inclusión expresa, de conformidad con el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cuarto

La subsanación de los defectos podrá realizarse a través del Registro auxiliar de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía de Gobierno (Gran Vía, número 18, de Madrid), así como en los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, antes citada, remitiendo al Área de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid la siguiente documentación:

1. Los aspirantes incluidos en el listado de no admitidos, pendientes de subsanación, aportarán la documentación acreditativa de la subsanación del defecto detectado.

2. Aquellos que no figuren en los listados de admitidos ni excluidos habrán de presentar copia de la solicitud de participación en las pruebas selectivas, junto con la documentación exigida en las bases generales.

3. Tal y como establece el Apartado Cuarto de la Orden de convocatoria, los aspirantes exentos de pago por derechos de examen deberán aportar en el citado plazo los siguientes documentos:

— Las personas desempleadas: Certificado de demanda de alta, expedido por los servicios públicos de empleo, en el que conste que el aspirante figura inscrito como demandante de empleo con una antigüedad mínima de dos años, referida a la fecha de publicación de la Orden de convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

— Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos: Certificado acreditativo de tal condición, expedido por la Subdirección General de Atención al Ciudadano y de Asistencia a las Víctimas del Terrorismo, del Ministerio del Interior.

De no aportar los interesados dicha documentación, o si del examen de la misma se deduce que no reúnen los requisitos exigidos, no figurarán en la relación definitiva de aspirantes admitidos.

Quinto

Las pruebas se realizarán el día 3 de diciembre de 2016, en llamamiento único, que se realizará a las 11 horas en el siguiente lugar:

— Lugar de examen: Facultad de Derecho, plaza Menéndez Pelayo, sin número, Ciudad Universitaria, Madrid.

Serán excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan, salvo en los casos alegados y justificados con anterioridad del ejercicio, debiendo el Tribunal Calificador adoptar Resolución motivada a tal efecto.

Los aspirantes habrán de presentar, inexcusablemente, el original de su documento nacional de identidad, pasaporte, tarjeta de residencia de extranjeros, certificado de registro de ciudadano de la Unión (acompañado de identificación) o resolución original de concesión de la misma o de su renovación, únicos documentos válidos para acreditar su identidad. Asimismo, deberán ir provistos de lápiz negro del número dos y goma.

De conformidad con el apartado quinto, punto 3, de la Orden 2214/2016, de 8 de junio, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno anteriormente citada, la actuación de los aspirantes se iniciará por la letra “A”, según sorteo celebrado en la Dirección General de Justicia y Seguridad.

Sexto

Se hacen públicos los acuerdos adoptados por el Tribunal Calificador, con la finalidad de garantizar el normal desarrollo de las pruebas:

1. No se permitirá el acceso a examen a los aspirantes que no figuren en las relaciones definitivas de admitidos a la convocatoria.

2. No se permitirá el acceso a examen a los aspirantes que no presenten los documentos originales reseñados en el artículo anterior.

En Madrid, a 26 de septiembre de 2016.—La Directora General de Justicia y Seguridad, María Cristina Díaz Márquez.





(03/33.618/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.35.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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