Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 244

Fecha del Boletín 
11-10-2016

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161011-30

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

CONTRATACIÓN

Agencia para el Empleo de Madrid

30
Madrid. Contratación. Agencia para el Empleo. Mesa de contratación permanente

Resolución de la gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid de 15 de septiembre de 2016, por la que se designan los miembros de la Mesa de Contratación de forma permanente.

De conformidad con lo establecido en el artículo 320.3 y en la disposición adicional 2a.10 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, así como lo dispuesto en la disposición adicional séptima del invocado Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid, corresponde al órgano de contratación designar los miembros de la Mesa de Contratación.

En consecuencia con lo que antecede, en el ejercicio de las competencias establecidas en el artículo 15.1. d) y k) de los Estatutos de la Agencia, aprobados por el Ayuntamiento Pleno, en sesión de 31 de mayo de 2004, publicados en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 154, de 30 de junio de 2004, la gerente adopta la siguiente resolución:

Primero.—Dejar sin efecto la resolución de la gerente, adoptada el 29 de julio de 2016, de aprobación de la constitución de la Mesa de Contratación de la Agencia para el Empleo de Madrid de forma temporal.

Segundo.—La Mesa de Contratación de la Agencia para el Empleo de Madrid queda compuesta por los siguientes miembros designados de forma permanente:

Presidente/a: la persona titular de la Gerencia de la Agencia para el Empleo de Madrid. En caso de ausencia, vacante o enfermedad de la presidenta, podrá ser sustituida por el subdirector general de Recursos Humanos, Relaciones Institucionales y Comunicación o por el subdirector general de Políticas Activas de Empleo del Organismo.

Vocales:

— El titular de la Asesoría Jurídica Municipal o persona que le sustituya.

— La persona delegada de la Intervención General en el Organismo o persona que le sustituya.

— El subdirector general de Políticas Activas de Empleo, que podrá ser sustituido, por un jefe de servicio de la Subdirección General de Políticas Activas de Empleo del Organismo.

— La jefe de Servicio de Obras y Régimen Interior, adscrita a la Subdirección General de Administración y Gestión Económico-Financiera del Organismo. En caso de vacante, ausencia o enfermedad, podrá ser sustituida por el jefe del Departamento de Obras y Régimen Interior.

— Secretario: El subdirector general de Administración y Gestión Económico-Financiera. En caso de vacante, ausencia o enfermedad, podrá ser sustituido por otra persona, funcionario de carrera del Organismo.

Tercero.—La presidencia de la Mesa de Contratación podrá disponer, cuando así lo requiera la naturaleza de los asuntos a tratar, a fin de recabar su asesoramiento, la incorporación a la mesa del personal técnico que se considere necesario, que asistirá a las reuniones con voz y sin voto.

Cuarto.—Esta resolución surtirá efectos desde el día de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”.

Madrid, a 28 de septiembre de 2016.—La gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid, Belén García Díaz.

(03/33.653/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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