Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 243

Fecha del Boletín 
10-10-2016

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161010-59

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9

59
Madrid número 9. Ejecución 165 de 2016

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María del Carmen Martín García, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número 9 de Madrid.

Hago saber: que en el procedimiento número 165 de 2016 de este juzgado de lo Social, seguido a instancias de don Francisco Javier Alonso de la Fuente, frente a “Cadran Talleres, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se han dictado las siguientes resoluciones:

Auto

En Madrid, a 21 de septiembre de 2016.

Parte dispositiva:

Acuerdo despachar orden general de ejecución del título indicado a favor del ejecutante, don Francisco Javier Alonso de la Fuente frente a “Cadran Talleres, Sociedad Limitada”, notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número 2507-0000-64-0165-16; y pudiendo la parte demandada deducirse en el mismo escrito la oposición a la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, para los que tiene el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto, tal y como establece el artículo 239.4 de la LJS.

Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma, el magistrado-juez don José María Reyero Sahelices.

Diligencia de ordenación de la letrada de la Administración de Justicia doña María del Carmen Martín García.—En Madrid, a 21 de septiembre de 2016.

Visto el estado de las presentes actuaciones, se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir, impuesta en sentencia de fecha 21 de enero de 2015, a la empresa “Cadran Talleres, Sociedad Limitada”, en favor del demandante, don Francisco Javier Alonso de la Fuente y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en calle Princesa, número 3, planta tercera, de Madrid, el día 26 de octubre de 2016, a las once y diez horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.

Consúltese telemáticamente la base de datos de la Seguridad Social con el fin de obtener la vida laboral del demandante, y únase a las actuaciones copia de la citada consulta.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la LJS).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—El letrado de la Administración de Justicia.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Cadran Talleres, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de septiembre de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/33.582/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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