Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 241

Fecha del Boletín 
07-10-2016

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161007-99

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19

99
Madrid número 19. Ejecución 192 de 2016

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Alfonso Lozano de Benito, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 192 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Fikri Agmir, frente a “Decoraciones Lunsa, Sociedad Limitada”, sobre ejecuciones de títulos judiciales, se han dictado las siguientes resoluciones:

Acuerdo despachar orden general de ejecución del título indicado a favor del ejecutante don Fikri Agmir, frente a “Decoraciones Lunsa, Sociedad Limitada”.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número de cuenta 2517/0000/64/0192/16.

El anterior escrito únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la sentencia de fecha 18 de mayo de 2016, en la que se condenaba a la empresa “Decoraciones Lunsa, Sociedad Limitada”, a favor del demandante don Fikri Agmir y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en la calle Princesa, número 3, planta quinta, de Madrid, el día 18 de octubre de 2016, a las nueve y veinte horas, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteseles en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada) se le tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado) el acto se celebrará sin su presencia.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Ha lugar a la práctica de la diligencia de prueba interesada por la parte actora y, en su consecuencia, se acuerda: Respecto a la prueba de interrogatorio de la parte demandada, interesada en el escrito de ejecución, requiérase al representante legal de la misma para que comparezca el día de la vista oral. A tal fin, se hace saber que el interrogatorio habrá de responderse por su representante en vista incidental siempre y cuando hubiera intervenido en los hechos controvertidos. En caso contrario, tal circunstancia habrá de alegarse con suficiente antelación al acto del juicio, identificando a la persona que intervino en nombre de la entidad, para su citación a vista. Si tal persona no formase parte ya de la entidad, podrá solicitarse que se le cite en calidad de testigo. Apercibiéndose que, en caso de no cumplir lo anteriormente señalado o no identificar a la persona interviniente en los hechos, ello podrá considerarse como respuesta evasiva y tenerse por ciertos los hechos a que se refieran las preguntas, y todo ello bajo el apercibimiento de que caso de no comparecer podrán considerarse reconocidos como ciertos en la sentencia los hechos a que se refieran las preguntas, siempre que el interrogado hubiese intervenido en ellos personalmente y su fijación como ciertos le resultare perjudicial en todo o en parte.

El interrogatorio tendrá lugar el día 18 de octubre de 2016, a las nueve y veinte horas, en la Sala de vistas de este Juzgado. Cítese a dicha parte a fin de practicar la prueba.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número de cuenta 2517/0000/64/0192/16.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Decoraciones Lunsa, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de septiembre de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/33.402/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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