Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 230

Fecha del Boletín 
26-09-2016

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160926-38

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLLADO VILLALBA

RÉGIMEN ECONÓMICO

38
Collado Villalba. Régimen Económico. Padrón IBI rústica 2016

Aprobado el padrón correspondiente al impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica del año 2016, conforme a lo dispuesto en el artículo 20 de la vigente ordenanza fiscal general de gestión, recaudación e inspección, queda expuesto al público durante el plazo de veinte días para su examen y reclamación por parte de los interesados.

Contra las deudas consignadas en el padrón contributivo y notificadas colectivamente mediante el presente anuncio, los interesados podrán interponer, ante el concejal de Hacienda, recurso de reposición previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la finalización del período de exposición pública.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 21 y 22 de la vigente ordenanza fiscal general de gestión, recaudación e inspección, se inicia el período de pago en voluntaria del padrón correspondiente al impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica del año 2016, será desde el día 1 de septiembre al 31 de octubre de 2016.

Transcurridos los períodos de pago citados, las deudas serán exigidas por el procedimiento ejecutivo de apremio y devengarán el recargo de apremio, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.

Transcurridos los períodos de pago citados, las deudas serán exigidas por el procedimiento ejecutivo de apremio y devengarán el recargo de apremio, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.

Lugar de pago: “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria”, “Santander Central Hispano”, “CaixaBank” y “Bankia”.

Forma de pago: las señaladas en el artículo 80 de la referida ordenanza municipal.

En Collado Villalba, a 25 de agosto de 2016.—La alcaldesa-presidenta, María Dolores Vargas Fernández.

(02/30.637/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160926-38