Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 226

Fecha del Boletín 
21-09-2016

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160921-72

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLLADO VILLALBA NÚMERO 2

72
Collado Villalba número 2. Procedimiento 325 de 2014

EDICTO

En el presente procedimiento seguido a instancias de “BMW Bank GMBH, Sucursal en España”, frente a doña Leonor Montoro Zarzuelo, don Francisco Gil Avil, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Sentencia

En Collado Villalba, a 15 de junio de 2016.—Doña Sara Rodríguez Huertas, magistrada de primera instancia número 2 de Collado Villalba y su partido, habiendo visto los presentes autos de juicio ordinario número 325 de 2014, seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante la mercantil “BMW Bank GMBH, Sucursal en España”, representada por el procurador con Luis José García Barrenechea, y asistido por el letrado don Rubén Pastor Villarubia, y de otra, y como demandados don Francisco Gil Avil y doña Leonor Montoro Zarzuelo, declarados en rebeldía.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por la mercantil “BMW Bank GMBH, Sucursal en España”, contra don Francisco Gil Avil y doña Leonor Montoro Zarzuelo, debo declarar y declaro la existencia de una deuda derivada del contrato de préstamo de fecha 25 de febrero de 2010, que liga a las partes, condenando a los demandados al pago a la actora de la suma de 21.314,50 euros, más intereses devengados y que devenguen al tipo pactado desde el cierre de la operación de préstamo hasta el pago total de la deuda con expresa imposición de costas a los demandados.

Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, recurso que habrá de prepararse ante este Juzgado en el plazo de veinte días desde su notificación.

Y encontrándose dichos demandados, doña Leonor Montoro Zarzuelo y don Francisco Gil Avil, en paradero desconocido, se expide el presente, a fin de que sirva de notificación en forma a los mismos.

En Collado Villalba, a 20 de junio de 2016.—El/la letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/27.198/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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