Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 224

Fecha del Boletín 
19-09-2016

Sección 1.3.95.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160919-12

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE TRANSPORTES, VIVIENDA E INFRAESTRUCTURAS

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RESOLUCIÓN de 15 de septiembre de 2016, de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, por la que se aprueba el listado de solicitantes que no reúnen los requisitos establecidos para la obtención de las subvenciones a la rehabilitación edificatoria convocadas para el año 2016 mediante Orden de 25 de mayo de 2016.

Mediante Orden de 25 de mayo de 2016, de la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras, se convocaron subvenciones a la rehabilitación edificatoria en la Comunidad de Madrid para el año 2016, en un procedimiento de concurrencia competitiva.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.4 y la disposición adicional de la Orden de 18 de mayo de 2016, de la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas a la rehabilitación edificatoria previstas en el Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, por el que se regula el Plan Estatal de Fomento del Alquiler de Vivienda, la Rehabilitación Edificatoria y la Regeneración y Renovación Urbanas, 2013-2016, esta Dirección General de Vivienda y Rehabilitación

RESUELVE

Primero

Aprobar el listado de solicitantes que no reúnen los requisitos establecidos en la Orden de 18 de mayo de 2016, de bases reguladoras, con indicación del motivo de incumplimiento. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.4 de la citada Orden, dicho listado será publicado a efectos de su consulta en la página web www.madrid.org

Segundo

1. Los solicitantes incluidos en este listado dispondrán de un plazo máximo de diez días para formular alegaciones, subsanar la solicitud y/o aportar la documentación preceptiva.

2. Las alegaciones o la subsanación que se formule se podrá cumplimentar en modelo no normalizado con indicación con carácter obligatorio del número de solicitud, calle, número y localidad y se dirigirá a la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación de la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras. Se podrá presentar en el Registro General de la Consejería o en cualquier de los lugares establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, de acuerdo con lo establecido en la Ley 11/2007 y normativa autonómica aplicable, también se podrá presentar por Internet, a través del Registro Telemático de la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras, para la cual es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Madrid, a 15 de diciembre de 2016.—El Director General de Vivienda y Rehabilitación, José María García Gómez.

(03/32.255/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.95.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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