Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 224

Fecha del Boletín 
19-09-2016

Sección 1.4.35.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160919-13

Páginas: 8


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

13
ORDEN 3050/2016, de 16 de septiembre, por la que se aprueban las bases que deben regir la autorización temporal de uso de los patios de los edificios de Puerta del Sol, número 7, y Pontejos, número 3, para la realización de actividades, actos y eventos en la Navidad 2016-2017 y se convoca la presentación de proyectos.

La Comunidad de Madrid viene realizando en sus sedes principales diversos actos para la celebración de las tradicionales fiestas navideñas. Siguiendo esta línea, este año la Comunidad de Madrid, a través de la Dirección General de Promoción Cultural adscrita a la Oficina de Cultura y Turismo y teniendo en cuenta la localización, el carácter emblemático y el interés mostrado por la iniciativa privada en la realización de actividades, eventos y actos relacionados con la Navidad, procede a establecer las bases que posibiliten el desarrollo del proyecto “Navidad en Sol”, que incluirá el conjunto de actos, actividades o eventos que permitan participar a todos los ciudadanos de esta tradición, además de promocionar, de esta manera, la actividad cultural y turística en la región.

Por este motivo se establecen las condiciones que posibiliten el otorgamiento de la autorización de uso temporal de la Real Casa de Correos, sede de la Presidencia de la Comunidad de Madrid, y la Real Casa de Postas, sede de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, para el desarrollo del mencionado proyecto.

Apartado 1

Normativa reguladora

La presentes bases se regirán por lo previsto en la Ley 3/2001, de 21 de junio, de Patrimonio de la Comunidad de Madrid, que regula la autorización temporal de uso, con instalaciones u obras no permanentes, de espacios de dominio público.

Apartado 2

Objeto

El objeto de esta convocatoria es la autorización temporal parcial de uso de los edificios de Puerta del Sol, número 7, y plaza de Pontejos, número 3, para la realización de actos, actividades o eventos que tengan como tema la Navidad y que se engloben dentro del ámbito del proyecto “Navidad en Sol”, que comprende, además de estas cesiones, el resto de actuaciones que pudiera realizar la Comunidad de Madrid en estos mismos edificios, en la plaza de Pontejos y en la calle San Ricardo.

La realización de estas actuaciones contribuye a la promoción de la cultura y no conlleva ningún inconveniente para el servicio público.

La autorización llevará consigo la ejecución del proyecto, el montaje, el desmontaje, la organización y la coordinación de las actuaciones a realizar.

Lo proyectos deberán abarcar los dos espacios, pudiendo tener temática diferente siempre encuadrada dentro del proyecto “Navidad en Sol”.

Podrá presentarse más de un acto, actividad o evento por cada uno de los espacios, conformando un único proyecto.

Cada licitador podrá presentar más de un proyecto.

Apartado 3

Localización

Los espacios públicos propiedad de la Comunidad de Madrid objeto de autorización son:

— Patio 1 del inmueble Sede de la Presidencia de la Comunidad de Madrid. Puerta del Sol, número 7, 28013 Madrid.

Espacio diáfano, climatizado y acristalado que cuenta con una superficie de 355,38 m2.

— Patio del inmueble de la Sede de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno. Plaza de Pontejos, número 3, 28012 Madrid.

Espacio diáfano, climatizado y acristalado que cuenta con una superficie de 189,89 m2.

Se adjuntan los croquis de ubicación y fichas técnicas de los edificios (Anexo I).

Apartado 4

Duración

El plazo que comprenderá la autorización será desde el día 8 de diciembre de 2016 al 6 de enero de 2017. Además a este plazo se deben añadir los días imprescindibles de montaje y desmontaje de las actividades que serán siempre inmediatamente anteriores y posteriores, respectivamente, a las fechas indicadas.

Apartado 5

Convocatoria

La convocatoria será pública y abierta. De entre todos los proyectos presentados se elegirá el más apropiado mediante el procedimiento que se establece en las presentes bases.

Se convoca la presentación de proyectos para la realización de actos, actividades o eventos que tengan como tema la Navidad y que se engloben dentro del ámbito del proyecto “Navidad en Sol” durante la Navidad 2016-2017, en el período de tiempo establecido en el apartado anterior.

Apartado 6

Órgano convocante

Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno. Oficina de Cultura y Turismo. Dirección General de Promoción Cultural.

Apartado 7

Presentación y envío de documentación

El plazo de presentación de los proyectos será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

La documentación se presentará en el Registro de la Oficina de Cultura y Turismo, calle Caballero de Gracia, número 32, o bien por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, indicando de forma visible en el sobre: «Autorización Temporal de Uso Espacios Públicos. “Navidad en Sol”».

Finalizada la selección, los proyectos no seleccionados podrán ser retirados, en el plazo de tres meses una vez resuelta la convocatoria, en la Subdirección General de Gestión y Promoción Cultural de la Comunidad de Madrid (calle Alcalá, número 31, Madrid). Transcurrido dicho plazo se podrá proceder a su archivo.

Apartado 8

Solicitantes

Podrán presentarse las personas físicas o jurídicas que tengan capacidad de obrar para la realización de eventos culturales.

En ningún caso se admite la subrogación o cesión a un tercero de la autorización.

Apartado 9

Documentación a presentar

— Documentación de identidad (DNI o CIF) y, en su caso, poder de representación del solicitante.

— Escrituras de constitución.

— Declaración responsable relativa a no estar incursos en prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración y de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

— Los proyectos deberán contener:

• Una Memoria descriptiva y justificativa que desarrolle el contenido y presentarse en formato en tamaño DIN A-4, así como en formato digital, mediante PDF u otro soporte compatible.

• Deberán incluir planos, infografías, fotomontajes o cualquier otra documentación visual para que queden suficientemente definidas, incluso con acotación de sus medidas, las principales características de los proyectos que se proponen. Esta documentación de planos, infografías o ilustraciones se presentarán en tamaño DIN A-3.

• Especificaciones técnicas y de calidad, así como de los materiales a utilizar en los actos, actividades y eventos a realizar.

• Estimación aproximada de los tiempos de espera de cada una de las actuaciones.

• Concreción de los aspectos de organización, coordinación y seguridad de los actos, actividades y eventos.

Las actividades, actos o eventos que comprendan los proyectos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativa de la Comunidad de Madrid, en ningún caso podrán ser constitutivos de delito, incitar o fomentar la violencia, el racismo, la xenofobia y cualquier otra forma de discriminación o atentar contra la dignidad humana, ni implicar crueldad o mal trato para los animales o que puedan ocasionarles sufrimientos o hacerles objeto de tratamientos antinaturales.

Apartado 10

Publicidad

Estarán permitidas actuaciones de publicidad en ambos espacios públicos.

En todo caso deberá respetarse la normativa en materia de publicidad, especialmente la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad, y la Ley sobre Drogodependencia y otros Trastornos Adictivos (Ley 5/2002, de 27 de junio).

La marca de la Comunidad de Madrid deberá aparecer junto a cualquier actuación de publicidad que se lleve a cabo con motivo de la actividad a realizar.

Apartado 11

Jurado

Se procederá a la formación de un Jurado que llevará a cabo la valoración de los proyectos presentados y que decidirá y aprobará, finalmente, el proyecto elegido atendiendo al mayor interés público y de acuerdo a los criterios de valoración establecidos en el artículo 12.

Los miembros del Jurado serán los siguientes:

— Por la Presidencia de la Comunidad de Madrid, la Directora de Gabinete de la Presidencia.

— Por la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, el Secretario General Técnico.

— Por la Oficina de Cultura y Turismo, el Director General de Promoción Cultural.

— Por la Oficina de Protocolo, la Coordinadora de Protocolo y Relaciones Institucionales.

— Por la Oficina de Medios de Comunicación, el Coordinador General de Medios.

Los miembros del Jurado podrán delegar su participación en el Jurado en otro representante del órgano al que representan.

Actuará como Presidente el representante de la Oficina de Cultura y Turismo de la Comunidad de Madrid. Actuará como Secretario el representante de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno.

En cualquier momento del desarrollo del proceso, los participantes podrán ser requeridos por el Jurado para que realicen aclaraciones o actuaciones complementarias a los proyectos presentados.

Resultarán aplicables al funcionamiento de este Jurado las normas sobre funcionamiento de los órganos colegiados de las Administraciones públicas establecidas en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Apartado 12

Criterios de valoración de los proyectos

Los criterios que se tendrán en cuenta por parte del Jurado son los siguientes:

— La temática navideña como hecho tradicional y cultural, con presencia de los Reyes Magos y Papá Noel: 15 puntos.

— El destino de la actividad al público infantil y familiar: 15 puntos.

— La originalidad del proyecto: 15 puntos.

— La consideración del proyecto presentado como un conjunto dentro del proyecto “Navidad en Sol”: 15 puntos.

— La duración y dinamización de la participación en las actividades: 10 puntos.

— El impacto de la posible publicidad propuesta durante la ejecución del proyecto: 10 puntos.

— La introducción de innovaciones tecnológicas. 5 puntos.

En ningún caso estos criterios tendrán el carácter de excluyentes.

Apartado 13

Decisión del Jurado

La decisión del Jurado se recogerá en un acta que motivara la elección del proyecto realizada.

Esta decisión será comunicada a todos los participantes en el procedimiento.

En el caso que no se eligiera por parte del Jurado ninguno de los proyectos presentados, el procedimiento quedará desierto.

Apartado 14

Otorgamiento de la autorización

La autorización de uso temporal para la realización del proyecto previamente seleccionado por el Jurado en los edificios de Puerta de Sol, número 7, y plaza de Pontejos, número 3, se llevará a cabo por Orden del Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Apartado 15

Desarrollo del proyecto

Una vez concedida la autorización, la realización de las actuaciones comprendidas en el proyecto se llevará a cabo dentro de los plazos establecidos en el apartado 4, bajo la coordinación y supervisión de la Dirección General de Promoción Cultural y la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno.

Apartado 16

Obligaciones del autorizado

Serán obligaciones de la persona física o jurídica adjudicataria de la autorización las siguientes:

— La ejecución y desarrollo del proyecto, a su cargo.

— La presentación, en los quince días siguientes a finalizar el plazo fijado en el apartado 4, de una memoria descriptiva del desarrollo del proyecto en la que se incluya el importe económico detallado de cada una de las actividades, ya que la cesión de espacios está sujeta a lo establecido en el artículo 355.1 y 2 de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, aprobada por Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre.

— Suscribir las pólizas de seguros suficientes para la protección de los espacios cuyo uso se autoriza, así como de responsabilidad civil por las actividades desarrolladas en aquellos y asumir cualquier responsabilidad derivada de su utilización directa.

— Utilizar los espacios cedidos de acuerdo con la naturaleza de los mismos y entregarlos, cuando se extinga la autorización, en el estado en el que se reciben. A este respecto señalar, que deberá respetarse la normativa interna de utilización y funcionamiento existente en los edificios, de la que se facilitará una copia.

— La asunción de los gastos de conservación, mantenimiento, limpieza y seguridad que se deriven de la autorización de uso y de las actividades que se realicen como consecuencia de la misma.

— La tramitación, gestión, seguimiento y obtención a su costa de licencias, fianzas, certificados, visados de instalación, montaje, uso y cuantos permisos o autorizaciones requieran el uso del bien o de la actividad a realizar sobre el mismo. Así como el pago de impuestos, tasas y arbitrios, fianzas y depósito y demás los tributos que se generen por el desarrollo de dicha actividad.

— Las actividades, actos o eventos a desarrollar con motivo de la autorización serán totalmente gratuitas para el público en general.

Apartado 17

Extinción de la autorización

La autorización se extinguirá por las siguientes causas:

a) El transcurso del plazo establecido.

b) El incumplimiento por parte del adjudicatario de las obligaciones establecidas en las presentes bases.

c) La renuncia del concesionario.

d) La revocación unilateral de la autorización por razones de interés público. En este supuesto, el autorizado deberá ser resarcido de los daños que se le hubieran podido causar.

e) Demás causas establecidas en el artículo 33.4 de la Ley de Patrimonio de la Comunidad de Madrid.

Apartado 18

Derechos de propiedad

El proyecto seleccionado pasará a la propiedad de la Comunidad de Madrid, cediendo el autor o autores todos los derechos de explotación sobre el proyecto a la entidad mencionada.

Apartado 19

Aceptación de las condiciones y efectos de la decisión del Jurado

La participación en esta convocatoria supone la total aceptación de las condiciones establecidas en estas bases.

Madrid, a 16 de septiembre de 2016.—El Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno, PD (Orden 1768/2015, de 10 de agosto), el Secretario General Técnico, Pedro Guitart González-Valerio.





Espacio: Patio 1. Puerta del Sol, número 7, Madrid.

Superficie útil: 355,38 m2.

Aforo máximo: 700 personas.

Sobrecarga máxima: 500 kg/m2.

Altura máxima aproximada: 16,68 m.

Espacio: Patio. Calle Pontejos, número 3.

Superficie útil: 189,89 m2.

Aforo máximo: 300 personas.

Sobrecarga máxima: 500 kg/m2.

Altura máxima aproximada: 11,75 m.

Condiciones de uso

Sin prejuicio de las limitaciones que se establezcan contractualmente para evitar cualquier actuación que pudiera afectar a las instalaciones o al inmueble, la disponibilidad queda sujeta a no interferir el desarrollo normal de la jornada de trabajo de las personas que prestan sus servicios en el inmueble.

Las actividades que se desarrollen estarán sujeta a las limitaciones horarias establecidas en la Ley 17/1997, de 4 de julio, de la Comunidad de Madrid; en la Orden 1562/1998, de 23 de octubre, y en el Decreto 164/1998, de 22 de octubre, que la desarrollan. No podrá haber actuaciones o reproducciones musicales a partir de las diez horas.

Antes del comienzo de los trabajos será requisito indispensable la presentación de la documentación incluida en la circular de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, sobre organización de actos en los patios de la Real Casa de Correos.

El usuario se compromete a cumplir, en el uso del inmueble en todo momento, la normativa de carácter técnico y legal vigente y en especial la de prevención de incendios y el REBT.

La entidad solicitante se hará cargo, en su caso, de obtener y liquidar los derechos de propiedad intelectual que pudieran corresponder al evento para el que se cede el espacio y cuantos certificados técnicos sean necesarios para poner en uso y funcionamiento el espacio cedido.

Queda expresamente prohibido introducir materiales explosivos o pirotécnicos, inflamables o insalubres, modificar cualquiera de los elementos, fijos, realizar obras, mejoras o cambios de ningún tipo en el mismo, estando prohibido cualquier anclaje o perforación. Asimismo, no se permite la colocación de moquetas sin que se haya puesto cinta carrocera como elemento intermedio de fijación al pavimento.

La Comunidad de Madrid pondrá a disposición el suministro eléctrico, sin que en ningún caso se puedan hacer modificaciones o alteraciones de potencia en el cuadro dispuesto para ello.

Grabaciones

Cuando se realice un evento, actividad o espectáculo que sea objeto de retransmisión o grabación para TV, radio, vídeo, DVD, Internet u otros medios de difusión o distribución, se requerirá autorización expresa de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno.

Servicios incluidos

— Electricidad. Fuerza del cuadro secundario de planta baja.

— Iluminación (la del propio patio y arcadas).

— Climatización.

— Espacios de apoyo.

(03/32.244/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.35.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160919-13