Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 222

Fecha del Boletín 
16-09-2016

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160916-45

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Agencia para el Empleo de Madrid

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Madrid. Régimen económico. Agencia para el Empleo de Madrid. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de la resolución de 6 de septiembre de 2016, de la gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid, por la que se aprueba la convocatoria de becas de ayudas al estudio correspondientes a las acciones formativas de la programación municipal y planes de barrio gestionadas por la Agencia para el Empleo de Madrid para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de agosto de 2016.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

BDNS: 317127

Primero. Beneficiarios.—Alumnos o alumnas que hayan participado en los cursos de formación de la programación municipal y planes de barrio gestionados por la Agencia para el Empleo de Madrid para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de agosto de 2016.

Segundo. Objeto.—El objeto de las becas es una ayuda económica cuyo objetivo es compensar la participación del alumnado en las acciones formativas y estimular e incentivar con ello la búsqueda de empleo.

Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, aprobada por acuerdo del Pleno de 30 de octubre de 2013, publicada en www.madrid.es

Cuarto. Cuantía.—El crédito destinado a esta convocatoria asciende a 181.000 euros. Dicha convocatoria corresponde a los cursos de la programación municipal general.

La cuantía de la beca de ayuda a la participación en las acciones formativas será de 9,00 euros por cada día lectivo de asistencia.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de las solicitudes será, con carácter general, de diez días hábiles desde el día siguiente al de la incorporación del alumno/a al curso, ambos incluidos, y, para aquellas acciones formativas iniciadas con anterioridad a la aprobación de la presente convocatoria el plazo para la presentación de solicitudes será de quince días a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sexto. Otros datos.—Para la concesión de la becas se requiere haber realizado con aprovechamiento el curso en base al cual se concede la misma.

Madrid, a 6 de septiembre de 2016.—La gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid (firmado).

(03/32.046/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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