Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 222

Fecha del Boletín 
16-09-2016

Sección 1.2.220.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160916-15

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS

15
RESOLUCIÓN de 5 de septiembre de 2016, del excelentísimo señor Rector Magnífico de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se rectifica la Resolución de este mismo Órgano de 24 de junio de 2016.

ANTECEDENTES DE HECHO

Por Resolución del excelentísimo señor Rector Magnífico de la Universidad Rey Juan Carlos de fecha 24 de junio de 2016 se publicó la Oferta de Empleo para el ejercicio 2016 de Personal Docente e Investigador de la Universidad Rey Juan Carlos.

Mediante Oficio de fecha 26 de julio de 2016, con entrada en el Registro General de la Universidad el 28 del mismo mes y año, la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, manifiesta que de las 12 plazas ofertadas, como mínimo el 15 por 100, esto es, dos plazas, se deben destinar a la contratación, como personal laboral fijo, de personal investigador doctor que haya finalizado el Programa Ramón y Cajal y haya obtenido el certificado I3.

FUNDAMENTO DE DERECHO

El artículo 20.uno.J) de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para 2016, fija una tasa de reposición de hasta un máximo del 100 por 100 para las plazas de los Cuerpos de Catedráticos de Universidad y Profesores Titulares de Universidad y a las plazas de personal de administración y servicios de las Universidades, siempre que por parte de las Administraciones Públicas de las que dependan se autoricen las correspondientes convocatorias, previa acreditación de que la Oferta de Empleo Público de las citadas plazas no afecta al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria establecidos para la correspondiente universidad, ni de los demás límites fijados en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

No obstante, en su párrafo segundo dispone que dentro del límite de la tasa de reposición correspondiente a los Cuerpos de Catedráticos de Universidad y de Profesores Titulares de Universidad, cada Universidad estará obligada a destinar, como mínimo, un 15 por 100 del total de plazas que oferte, a la contratación, como personal laboral fijo, de personal investigador doctor que haya finalizado el Programa Ramón y Cajal y haya obtenido el certificado I3.

En virtud de cuanto antecede, este Rectorado

HA RESUELTO

Uno

Rectificar la Resolución del excelentísimo señor Rector Magnífico de la Universidad Rey Juan Carlos de fecha 24 de junio de 2016, por la que se publica la Oferta de Empleo Público para el ejercicio 2016 de Personal Docente e Investigador, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de julio de 2016, en el siguiente sentido:

Donde dice: “Cuerpos Docentes Universitarios: 12 plazas”; debe decir: “Cuerpos Docentes Universitarios: 10 plazas”.

“Plazas de Profesor contratado Doctor (Programa Ramón y Cajal Certificado I3): 2 plazas”.

Dos

Ordenar la publicación de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la recepción de la presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de poder ejercitarse cualquier otro recurso que se estime oportuno.

Móstoles, a 5 de septiembre de 2016.—El Rector, Fernando Suárez Bilbao.

(03/31.212/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.220.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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