Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 222

Fecha del Boletín 
16-09-2016

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160916-105

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE SEGOVIA NÚMERO 1

105
Segovia número 1. Procedimiento ordinario 339 de 2016

EDICTO

Doña Ángeles Bermúdez Méndez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Segovia.

Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancias de “Fremap” Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 61, contra don Gregorio Aparicio Martín, “Industrial Comercial Fegran INCOFESA”, Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, en reclamación por cantidades, registrado con el procedimiento ordinario número 339 de 2016, se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social, citar a “Industrial Comercial Fegran INCOFESA”, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 22 de septiembre de 2016, a las diez y diez horas, para la celebración de la conciliación y, en su caso, el juicio el mismo día a las diez y treinta horas, en la sede del Juzgado de lo social número 1 de Segovia, sita en calle Domingo de Soto, número 3, primero, Sala número 2, en Segovia, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistida de abogado o representada técnicamente por graduado social colegiado, o representada por procurador, pondrá esta circunstancia en conocimiento del Juzgado o Tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada tal intención al actor, pueda este estar representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado Social colegiado.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Industrial Comercial Fegran INCOFESA”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.

En Segovia, a 1 de septiembre de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/30.911/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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