Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 210

Fecha del Boletín 
02-09-2016

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160902-95

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 79

95
Madrid número 79. Procedimiento 65 de 2015

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento adopción de la menor C. R. F., promovido por el Instituto Madrileño de la Familia y el Menor, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Se acuerda la adopción de C. R. F.

La adopción tendrá los efectos civiles previstos en el artículo 178 del Código Civil y demás concordantes.

Firme este auto, expídanse testimonios del mismo, remitiendo uno de ellos para su inscripción al señor encargado del Registro Civil de Madrid y entréguese otro a los solicitantes, expresando que los nuevos apellidos de la menor serán P. CH.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2678-0000-39-0065-15 de esta oficina judicial de la cuenta general de depósitos y consignaciones abierta en “Banco Santander”.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55-0049-3569-9200-0500-1274, indicando en el campo “beneficiario” Juzgado de primera instancia número 79 de Madrid, y en el campo “observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos 2678-0000-39-0065-15.

No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (Ley Orgánica 1/2009, disposición adicional decimoquinta).

Lo acuerda y firma su señoría. Doy fe.—El magistrado-juez.—El letrado de la Administración de Justicia.

Y para que sirva de notificación a doña Alisson-Arlette Rendon Farias, expido y firmo la presente en Madrid, a 15 de julio de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/28.127/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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