Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 210

Fecha del Boletín 
02-09-2016

Sección 2.111.100.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160902-42

Páginas: 1


II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE

Confederación Hidrográfica del Tajo

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Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. Confederación Hidrográfica del Tajo. Tarifas utilización agua

De acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril (“Boletín Oficial del Estado” de 30 de abril de 1986), se formulan las presentes tarifas de utilización del agua, de aplicación a los aprovechamientos de aguas que utilicen las obras hidráulicas del abastecimiento Casrama desde la Aceña durante el año 2016.

— Tarifa de utilización del agua para abastecimiento: 0,016864 euros/m3.

Estarán obligados al pago de estas tarifas todos los titulares de derechos al uso del agua que utilicen las obras hidráulicas del abastecimiento Casrama desde la Aceña, cualquiera que sea el tipo de aprovechamiento.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986, a efectos de que los interesados puedan presentar durante el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, las reclamaciones que estimen oportunas en las oficinas de la Confederación Hidrográfica del Tajo, sitas en la avenida de Portugal, número 81, 28071 Madrid, en las que estará de manifiesto el expediente completo durante el plazo indicado. También podrán presentarse las reclamaciones en las dependencias que señala el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, a 2 de agosto de 2016.—El secretario general, PS (resolución del presidente de 29 de abril de 2016), la consejera técnica de Presidencia, María Delfina Gil Fernández.

(02/29.571/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 2.111.100.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

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