Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 208

Fecha del Boletín 
31-08-2016

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160831-28

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CERCEDILLA

RÉGIMEN ECONÓMICO

28
Cercedilla. Régimen económico. Modificación presupuestaria

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 169.1 y 179.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones en el plazo de exposición pública, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario del Ayuntamiento de Cercedilla de 4 de agosto de 2016, sobre el expediente de modificación de créditos número 12/2016 del presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente líquido de tesorería para gastos generales, que se hace público como sigue a continuación:



Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición del mencionado recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

Cercedilla, a 29 de agosto de 2016.—El alcalde-presidente, Luis Miguel Peña Fernández.

(03/30.444/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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