Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 208

Fecha del Boletín 
31-08-2016

Sección 1.3.35.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160831-3

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

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ORDEN 2862/2016, de 24 de agosto, del Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno, por la que se nombran Registradores de la Propiedad con destino en el territorio de la Comunidad de Madrid.

Por Resolución de 18 de mayo de 2016 (“Boletín Oficial del Estado” del 30 de mayo), la Dirección General de los Registros y del Notariado del Ministerio de Justicia convocó el concurso ordinario número 294 de los correspondientes a provisión de Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles, que incluía vacantes radicadas en la Comunidad de Madrid.

Mediante resolución de 29 de julio de 2016, de la Dirección General de los Registros y del Notariado se resuelve el concurso y se dispone su comunicación a las comunidades autónomas para que se proceda a los nombramientos.

Mediante escrito de esa Dirección General de 11 de agosto de 2016, se comunican los Registradores de la Propiedad que deben ser nombrados por la Comunidad de Madrid.

La Comunidad de Madrid es competente para el nombramiento de los Registradores de la Propiedad y Mercantiles correspondientes a las plazas de su ámbito territorial, tal como establece el artículo 50.2 de su Estatuto de Autonomía.

Dentro de la Administración autonómica, corresponde la tramitación de los nombramientos de los Registradores de la Propiedad y Mercantiles destinados en el territorio de la Comunidad de Madrid a la Dirección General de Justicia y Seguridad de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, de conformidad con el Decreto 192/2015, de 4 de agosto.

Por su parte, el Decreto 191/1998, de 20 de noviembre, por el que se atribuye la competencia para el nombramiento de los Notarios y Registradores de la Propiedad y Mercantiles del territorio de la Comunidad de Madrid, dispone que dicho nombramiento se realizará mediante Orden del Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno. En virtud de la Orden 1768/2015, de 10 de agosto, el Consejero delega en el Viceconsejero de Presidencia y Justicia esta competencia.

En consecuencia, conforme a lo establecido en los artículos 513 y siguientes del Reglamento Hipotecario y en el ejercicio de la competencia que me está atribuida por las disposiciones citadas,

DISPONGO

Primero

Nombramiento

Nombrar a los Registradores de la Propiedad que a continuación se relacionan para la provisión de los siguientes destinos radicados en la Comunidad de Madrid:



Segundo

Comunicaciones

Dar de esta Orden los traslados reglamentariamente establecidos, por conducto de la Dirección General de Justicia y Seguridad.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

Producción de efectos

La presente orden producirá efectos al día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Contra la presente Orden que agota la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de publicación, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime oportuno

Madrid, a 24 de agosto de 2016.—El Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno, PD (Orden 1768/2015, 10 de agosto), el Viceconsejero de Presidencia y Justicia, Enrique Ruiz Escudero.

(03/30.254/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.35.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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