Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 203

Fecha del Boletín 
25-08-2016

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160825-103

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE TOLEDO NÚMERO 1

103
Toledo número 1. Procedimiento 837 de 2015

EDICTO

Doña Adela López Molina, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Toledo.

Hago saber: Que en el procedimiento de Seguridad Social número 837 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Eduardo Zamorano Beneytez, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Servicio Público Estatal de Empleo y “Foshidro, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

Procede practicar el complemento del fallo interesado por la demandada Instituto Nacional de la Seguridad Social-Tesorería General de la Seguridad Social en los términos recogidos en el fundamento jurídico segundo de esta resolución, debiendo quedar redactado el fallo de la resolución en los siguientes términos:

Que estimando como estimo la demanda interpuesta por don Eduardo Zamorano Beneytez, frente a Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad social, Servicio Público Estatal de Empleo y “Foshidro, Sociedad Limitada”, sobre determinación de la base reguladora de la pensión de jubilación, debo declarar y declaro que la base reguladora para la determinación de la pensión de jubilación correspondiente al demandante asciende a 1.221,59 euros, condenando a los codemandados, a cada uno en su respectiva responsabilidad, a estar y pasar por esta declaración, y en concreto, declarando a responsabilidad directa del Servicio Público Estatal de Empleo sobre la diferencia de pensión determinada y reconocida al demandante, como consecuencia del reconocimiento de una base reguladora de 1.221,59 euros en lugar de una base reguladora de 1.193,58 euros.

Notifíquese la presente resolución a las partes personadas, contra la que no cabe interponer recurso independiente.

Así lo acuerda, manda y firma doña Belén Tomás Herruzo, magistrada-juez de refuerzo del Juzgado de lo social número 1 de Toledo.

Diligencia.—Seguidamente se procede a cumplir lo dispuesto.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Foshidro, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Toledo, a 15 de julio de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/29.354/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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