Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 200

Fecha del Boletín 
22-08-2016

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160822-62

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

62
Madrid número 4. Ejecución 227 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Herrero Barrero, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 227 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Cristina López Heras, doña Gemma Sierra Muñoz, don Igor Kartashov Kartashov, doña Inmaculada Concepción Mora-Rey Gil, don Mariano Molina Rodríguez y doña Rosa María Cabrera Escudero, frente a “Instituto de Formación Integral, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa del laudo arbitral, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

En Madrid, a 15 de julio de 2016.

Parte dispositiva:

Se acuerda dejar en suspenso la ejecución despachada, por encontrarse la entidad ejecutada “Instituto de Formación Integral, Sociedad Limitada”, en situación de concurso de acreedores. Hágase entrega a los actores de copia sellada de la demanda y testimonio de las resoluciones, sentencias y actas de conciliación, recaídas en los procedimientos acumulados, así como del auto despachando ejecución y de la presente resolución. Ofíciese al Juzgado de lo mercantil y archívense las actuaciones previa baja en el libro correspondiente.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Instituto de Formación Integral, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 19 de julio de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/29.201/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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