Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 198

Fecha del Boletín 
19-08-2016

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160819-33

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

33
San Lorenzo de El Escorial. Organización y funcionamiento. Delegación competencias

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se hace público que la alcaldesa, el día 1 de julio de 2016 ha dictado la resolución en la que se acuerda:

“Resultando: Que desde el día 30 de julio y hasta el 5 de agosto, ambos inclusive, del presente año 2016, la titular de esta Alcaldía-Presidencia se ausentará del municipio.

Resultando: Que durante el citado período procede que las atribuciones de esta Alcaldía sean asumidas por el segundo teniente de alcalde, don Jesús Gimeno Ávila, con el fin de continuar el funcionamiento normal de la Corporación.

Considerando: Que corresponde a los tenientes de alcalde sustituir en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento al alcalde, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento, debiendo, en este caso, otorgar delegación expresa.

Visto lo dispuesto en el artículo 47, en relación con el artículo 44.1 y 2 del Real Decreto Legislativo 2568/1986 por el que se prueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Dispongo: Delegar el ejercicio de las atribuciones de esta Alcaldía en el segundo teniente de alcalde, don Jesús Gimeno Ávila, desde el día 30 de julio y hasta el 5 de agosto, ambos inclusive, de 2016, sin perjuicio de las delegaciones conferidas en los distintos concejales de la Corporación”.

San Lorenzo de El Escorial, a 5 de agosto de 2016.—El alcalde en funciones, Jesús Gimeno Ávila.

(03/29.451/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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