Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 195

Fecha del Boletín 
16-08-2016

Sección 1.3.35.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160816-8

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

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ORDEN 2789/2016, de 2 de agosto, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se modifica la Orden 1768/2015, de 10 de agosto, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones.

Mediante Orden 1768/2015, de 10 de agosto, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones.

Con el fin de continuar facilitando la gestión administrativa de acuerdo con los principios generales de eficacia y eficiencia, se considera oportuno modificar la delegación de competencias indicada.

En su virtud y haciendo uso de las facultades conferidas por el artículo 52 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y de conformidad con el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

DISPONGO

Artículo único

Modificación de la Orden 1768/2015, de 10 de agosto, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones

La Orden 1768/2015, de 10 de agosto, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones, queda modificada como sigue:

Uno. El apartado decimoctavo queda redactado como sigue:

“Decimoctavo. Desconcentración del Protectorado de Fundaciones.—1. Se desconcentran en la Secretaría General Técnica las competencias propias del Protectorado de todas las fundaciones vinculadas al ámbito competencial de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, de conformidad con lo establecido en el artículo 28.4 de la Ley 1/1998, de 2 de marzo, de Fundaciones de la Comunidad de Madrid, y disposición adicional segunda del Decreto 20/2002, de 24 de enero, por el que se regula el Registro de Fundaciones de la Comunidad de Madrid”.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

Eficacia

La presente Orden producirá efectos desde el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 2 de agosto de 2016.

El Consejero de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, ÁNGEL GARRIDO GARCÍA

(03/29.118/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.35.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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