Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 192

Fecha del Boletín 
12-08-2016

Sección 1.3.55.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160812-6

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ADMINISTRACIÓN LOCAL Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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RESOLUCIÓN de 13 de julio de 2016, de la Directora General de Administración Local, sobre la clasificación de los puestos reservados a funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional, de la agrupación formada por los Ayuntamientos de Berzosa del Lozoya, la Puebla de la Sierra y Madarcos, y de la Agrupación formada por los Ayuntamientos de Garganta de los Montes y Piñuécar-Gandullas.

Visto el expediente tramitado en esta Dirección General disolución de la Agrupación de municipios para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría-Intervención formada por los Ayuntamientos de Madarcos y Piñuécar-Gandullas; la modificación de la Agrupación formada por los Ayuntamientos de Berzosa del Lozoya y Puebla de la Sierra, que pasará a estar integrada por los Ayuntamientos de Berzosa del Lozoya, Puebla de la Sierra y Madarcos, y la constitución de una nueva Agrupación formada por los Ayuntamientos de Garganta de los Montes y Piñuécar-Gandullas.

Vista la Resolución de la Directora General de Administración Local, de 6 de julio de 2016, por la que se acuerda la aprobación del citado expediente.

Visto el Informe-Propuesta del Área de Régimen jurídico Local e Innovación Tecnológica de fecha 13 de julio de 2016.

Visto que el expediente reúne los requisitos objetivos establecidos.

Considerando que esta Dirección General es competente para la resolución de este expediente, de conformidad con lo establecido en el Decreto 194/2015, de 4 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio.

HE RESUELTO

Primero

Clasificar el puesto de trabajo de Secretaría de la Agrupación formada por los Ayuntamientos de Berzosa del Lozoya, Puebla de la Sierra y Madarcos como puesto reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional pertenecientes a la Subescala: Secretaría-Intervención; categoría: Única.

Segundo

Confirmar que, de acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional segunda del Real Decreto 1732/1994, la titularidad del puesto de Secretaría-Intervención de la Agrupación formada por los Ayuntamientos de Berzosa del Lozoya, Puebla de la Sierra y Madarcos corresponderá al funcionario don Carlos Rivera Rivera, por ser el titular con carácter definitivo del puesto de Secretaría-Intervención de la Agrupación formada por los Ayuntamientos de Berzosa del Lozoya y Puebla de la Sierra, que fue modificada por Resolución de la Directora General de Administración Local.

Tercero

Clasificar el puesto de trabajo de Secretaría de la Agrupación formada por los Ayuntamientos de Garganta de los Montes y Piñuécar-Gandullas como puesto reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional pertenecientes a la Subescala: Secretaría-Intervención; categoría: Única.

Cuarto

Confirmar que, de acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional segunda del Real Decreto 1732/1994, la titularidad del puesto de Secretaría-Intervención de la Agrupación formada por los Ayuntamientos de Garganta de los Montes y Piñuécar–Gandullas corresponderá al funcionario don Víctor Manuel González Romero, por ser el titular con carácter definitivo del puesto de Secretaría-Intervención del Ayuntamiento de Garganta de los Montes.

Quinto

Notificar a los Ayuntamientos y a los funcionarios interesados esta Resolución.

Sexto

Publicar esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Séptimo

Comunicar, en cumplimiento de lo establecido en la legislación vigente, a la Subdirección General de Relaciones con otras Administraciones, del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, esta Resolución a los efectos procedentes.

Octavo

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Viceconsejero de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio o ante la Directora General de Administración Local, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro que estime pertinente en defensa de sus derechos.

Madrid, a 13 de julio de 2016.—La Directora General de Administración Local, Míriam Rabaneda Gudiel.

(03/29.376/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.55.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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