Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 186

Fecha del Boletín 
05-08-2016

Sección 1.2.85.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160805-12

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE

12
DECRETO 82/2016, de 2 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se nombra a los Presidentes de los Consejos Sociales de las Universidades Carlos II de Madrid y Complutense de Madrid.

La Ley 12/2002, de 18 de diciembre, de los Consejos Sociales de las Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid, establece la composición de los Consejos Sociales de la Universidades.

Así, el artículo 13 de esta Ley prevé que el Presidente del Consejo Social será nombrado entre los Vocales representantes de los intereses sociales en el Consejo Social, por Decreto del Gobierno de la Comunidad de Madrid, a propuesta del Consejero competente en materia de Universidades, oído el Rector.

En su virtud, de acuerdo con el artículo 13.1 de la Ley 12/2002, de 18 de diciembre, de los Consejos Sociales de las Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid, el Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero de Educación, Juventud y Deporte, en su reunión del día 2 de agosto de 2016,

DISPONE

Primero

Nombrar a don Matías Rodríguez Inciarte Presidente del Consejo Social de la Universidad Carlos III de Madrid.

Segundo

Nombrar a doña Pilar González de Frutos Presidenta del Consejo Social de la Universidad Complutense de Madrid.

Madrid, a 2 de agosto de 2016.—El Consejero de Educación, Juventud y Deporte, PS (Decreto 44/2016, de 21 de julio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid), la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, Engracia Hidalgo Tena.—La Presidenta de la Comunidad de Madrid, Cristina Cifuentes Cuencas.

(03/28.803/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.85.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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