Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 184

Fecha del Boletín 
03-08-2016

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160803-48

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Alcalá de Henares. Régimen económico. Tasa recogida de basuras

Habiéndose aprobado por resolución del concejal-delegado de Hacienda, el padrón correspondiente al segundo trimestre de 2016 de la tasa por la prestación del servicio de recogida de basuras, se establece como plazo de pago en período voluntario del 20 de julio al 20 de septiembre de 2016 (ambos inclusive) o inmediato día hábil posterior si el último día es inhábil.

Los citados recibos podrán abonarse en los plazos señalados, en cualquiera de las entidades colaboradoras que figuran en los propios recibos, en su horario de apertura al público.

Haciéndose constar que se notificarán colectivamente los respectivos recibos mediante la publicación de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como a través de edictos que lo adviertan, todo ello, a tenor de lo dispuesto en el artículo 102.3 de la vigente Ley General Tributaria.

Dicho padrón se expondrá al público por un plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a los efectos de reclamaciones por las personas interesadas.

Contra dichos recibos se podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la finalización del período de exposición al público del padrón, ante esta Concejalía de Hacienda.

Se advierte de que transcurrido el plazo de ingreso las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el recargo ejecutivo correspondiente, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.

Alcalá de Henares, a 7 de julio de 2016.—El concejal-delegado de Hacienda, Fernando Fernández Lara.

(02/26.252/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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