Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 184

Fecha del Boletín 
03-08-2016

Sección 1.3.35.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160803-28

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

28
ORDEN 2695/2016, de 19 de julio, del Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno, por la que se modifica la Orden 1246/2016, de 7 de abril, que determina, para el año 2016, la dotación de medios materiales de las Brigadas Especiales de Seguridad de la Comunidad de Madrid.

Mediante Orden 1246/2016, de 7 de abril, del Consejero de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de mayo), se determina, para el año 2016, la dotación de medios materiales de las Brigadas Especiales de Seguridad de la Comunidad de Madrid, de conformidad con la disposición adicional tercera de la Ley 4/1992, de 8 de julio, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid, en la que se establece que mediante Orden de la Consejería competente en materia de interior se determinará anualmente la dotación de los medios materiales y personales de las Brigadas Especiales de Seguridad de la Comunidad de Madrid, previo análisis de las necesidades de cada municipio.

En el Anexo de esta Orden se expresa el número de automóviles y motocicletas patrulleras que se encuentran vinculadas en esta anualidad 2016 al Proyecto de Seguridad de la Comunidad de Madrid (BESCAM), así como el importe máximo que se asigna a cada municipio en concepto de combustible y el número máximo de terminales de comunicaciones.

Mediante esta Orden se modifica el Anexo de la Orden citada para añadir el importe máximo que se asigna a cada municipio para la adquisición de vestuario “no inventariable”, incluido en las denominadas dotaciones unipersonales.

En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Justicia y Seguridad, de conformidad con las competencias que me han sido atribuidas,

DISPONGO

Primero

Modificar el Anexo de la Orden 1246/2016, de 7 de abril, del Consejero de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, mediante la que se determina, para el año 2016, la dotación de medios materiales de las Brigadas Especiales de Seguridad de la Comunidad de Madrid, en el sentido de incorporar en el Anexo de esta Orden el importe que se asigna a cada municipio para la adquisición de vestuario “no inventariable”, incluido en las denominadas dotaciones unipersonales de dotaciones unipersonales.

Segundo

El gasto derivado de la ejecución de la presente Orden se imputará a la partida 46309 del Programa 132A, Seguridad, del Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid del año 2016.

Tercero

La presente Orden producirá efectos desde el día 1 de enero al 31 de diciembre de 2016.

Cuarto

Contra esta Orden se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante este órgano, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, computados ambos plazos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 19 de julio de 2016.

El Consejero de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, ÁNGEL GARRIDO GARCÍA





(03/27.553/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.35.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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