Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 184

Fecha del Boletín 
03-08-2016

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160803-205

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALMERÍA NÚMERO 2

205
Almería número 2. Procedimiento 287 de 2016

EDICTO

Doña Luisa Escobar Ramírez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 2 de Almería.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 287 de 2016, a instancias de la parte actora doña Engracia García García, contra “Sial Servicios Auxiliares, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre vacaciones, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia número 279 de 2016

En Almería, a 27 de junio de 2016.—Vistos por la ilustrísima señora doña Lourdes Cantón Plaza, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 2 de Almería y su provincia, el juicio promovido en materia de vacaciones por doña Engracia García García, representada por el letrado don Diego Capel Ramírez, frente a “Sial Servicios Auxiliares, Sociedad Limitada”, y en atención a lo siguiente:

Fallo

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por doña Engracia García García, frente a “Sial Servicios Auxiliares, Sociedad Limitada”, y reconozco a la actora el derecho a disfrutar de sus vacaciones anuales en el período comprendido entre el 15 de julio y el 13 de agosto de 2016, ambos incluidos (treinta días), condenando a la demandada a estar y pasar por esta declaración.

Notifíquese la presente resolución a las partes en la forma legalmente establecida, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso alguno.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a la demandada “Sial Servicios Auxiliares, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Almería, a 29 de junio de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/26.189/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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