Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 184

Fecha del Boletín 
03-08-2016

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160803-121

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11

121
Madrid número 11. Procedimiento 82 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Encarnación Gutiérrez Guío, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 82 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Efrén Govanny Segovia Enríquez, doña Gema Gil Chifón, doña Gema Martínez Guerrero, doña Luz Rebeca Santana García, doña María Soledad Casado Maroto, doña María del Mar Villalba Cano, doña María de las Nieves Álvarez Fernández, doña Marta García Guerrero, doña Pilar Martínez Godino, doña Susana de la Llave Vega y doña Susana García Guerrero, frente a don José Manuel García Collado, doña María del Mar Hernández Bernardo, Componentes Telefónicos del Sur, Sociedad Limitada”, “Iristel A-6, Sociedad Limitada”, “Iristel Ibérica, Sociedad Limitada”, “Sonistar Comunicaciones, Sociedad Limitada”, y “Telestar Comunicaciones, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia.—En Madrid, a 13 de junio de 2016.

La extiendo yo, la letrada de la Administración de Justicia, para hacer constar que en fecha 11 de marzo de 2015 tuvo entrada en este Juzgado el anterior escrito de la parte demandada, don José Manuel García Collado, anunciando la interposición de recurso de suplicación contra la sentencia recaída en los presentes autos. Paso a dar cuenta.—Doy fe.

Auto

En Madrid, a 13 de junio de 2016.

Parte dispositiva:

Se tiene por no anunciado el recurso de suplicación mencionado en el hecho primero de esta resolución.

Modo de impugnación: recurso de queja, ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de diez días desde la notificación de la presente resolución (artículos 495 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y 189 de la Ley de la Jurisdicción Social), debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 30 euros en la “Cuenta de consignaciones” de la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a doña María del Mar Hernández Bernardo y don José Manuel García Collado, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de julio de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/26.236/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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