Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 184

Fecha del Boletín 
03-08-2016

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160803-104

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

104
Madrid número 4. Ejecución 151 de 2016

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Herrero Barrero, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 151 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Dolly Eunice Alvear Niño, frente a “Aplica Soluciones Energéticas, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se han dictado las siguientes resoluciones:

Diligencia de ordenación de la letrada de la Administración de Justicia, doña María Herrero Barrero.—En Madrid, a 8 de julio de 2016.

Visto el contenido del anterior auto, así como lo solicitado por la actora en escrito de fecha 25 de mayo de 2016, únase a la presente. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta en la sentencia de fecha 2 de marzo de 2016, aclarada por auto de fecha 3 de junio de 2016, a la empresa “Aplica Soluciones Energéticas, Sociedad Limitada”, en favor de la demandante doña Dolly Eunice Alvear Niño y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en la calle Princesa, número 3, planta segunda, el día 19 de septiembre de 2016, a las ocho cincuenta y cinco horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteseles en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada) se le tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado) el acto se celebrará sin su presencia.

Notifíquese la presente resolución a las partes, sirviendo la notificación vía lexnet a la demandante de citación en forma y a la ejecutada, en ignorado paradero, mediante edictos a través del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Asimismo, cítese al Fondo de Garantía Salarial.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Diligencia.—En Madrid, a 8 de julio de 2016.

Se extiende la presente para hacer constar que por escrito presentado vía lexnet el día 16 de junio de 2016, doña Dolly Eunice Alvear Niño ha solicitado la ejecución de la sentencia de fecha 2 de marzo de 2016, así como la extinción de la relación laboral. Paso a dar cuenta a su señoría.—Doy fe.

Auto

En Madrid, a 8 de julio de 2016.

Parte dispositiva:

Acuerdo: Despachar orden general de ejecución del título indicado a favor de la parte ejecutante doña Dolly Eunice Alvear Niño, frente a “Aplica Soluciones Energéticas, Sociedad Limitada”.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número 2502/0000/64/0151/16.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social don Pablo Aramendi Sánchez.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación y citación en legal forma a “Aplica Soluciones Energéticas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 8 de julio de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/27.180/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160803-104