Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 182

Fecha del Boletín 
01-08-2016

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160801-65

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 45

65
Madrid número 45. Juicio 233 de 2015

EDICTO

El letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de instrucción número 45 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 233 de 2015 se han dictado la presente sentencia de fecha 18 de enero de 2016 y el auto aclaratorio de la sentencia de fecha 9 de febrero de 2016 siguientes:

Sentencia

En Madrid, a 18 de enero de 2016.—Vistos por mí, doña María Luisa Prieto Ramírez, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 45 de Madrid, los autos de juicio de faltas seguidos en este Juzgado con el número 233 de 2015, del artículo 234.2 del Código Penal, del día 23 de octubre de 2015, en los que ha sido denunciante doña Estrella Santiago Ramos, y denunciado don Fernando Mínguez Casares, asistido de letrado, con intervención del ministerio fiscal, en virtud de las siguientes consideraciones:

Fallo

Condenando a don Fernando Santiago Ramos, como autor de un delito leve de hurto, a la pena de un mes de multa, con cuota de 3 euros/día, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, y a pagar como responsable civil la suma de 100 euros a favor de doña Estrella Santiago Ramos, y costas del presente juicio.

Notifíquese la presente sentencia al ministerio fiscal, así como a las partes, haciendo saber que contra la misma cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días desde su notificación, mediante escrito presentado ante este Juzgado que será resuelto por la Audiencia Provincial de Madrid.

Líbrese testimonio de la presente sentencia para su unión a los autos debiendo llevar el original al libro de sentencias de este Juzgado.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Auto

En Madrid, a 9 de febrero de 2016.

Parte dispositiva:

Se subsana el defecto advertido en la sentencia de fecha 18 de enero de 2016, consistente en que la parte del fallo, en los siguientes términos, donde aparece: “Condenando a don Fernando Santiago Ramos”; debe decir: “Condenando a don Fernando Mínguez Casares”.

Contra el presente auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que proceden contra, en su caso, la resolución originaria que ya quedaron indicados al ser notificados.

Los plazos para los recursos que procedan contra la resolución de que se trate se interrumpen desde que se solicitó su aclaración, rectificación, subsanación o complemento, en su caso, y en todo caso, comienzan a computarse desde el día siguiente a la notificación de la presente.

Así lo manda y firma doña Luisa María Prieto Ramírez, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 45 de Madrid.—Doy fe.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia y auto de aclaración a don Fernando Mínguez Casares, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 29 de junio de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/25.786/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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