Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 180

Fecha del Boletín 
29-07-2016

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160729-109

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

109
Madrid número 14. Procedimiento 1.191 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Paula Mateo Erroz, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.191 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Vasile Sandu Trif, frente a “Transportes Españoles 2012, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Estimo la demanda presentada por don Vasile Sandu Trif, contra “Transportes Españoles 2012, Sociedad Limitada”, y en consecuencia, declaro la improcedencia del despido, condenando a la demandada a que admita al trabajador en las condiciones preexistentes al despido o a que, si así lo manifiesta por escrito o mediante comparecencia, ante este Juzgado, dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia, le indemnice con la cantidad de 2.533,60 euros, así como en el caso de optar por la readmisión, al abono de los salarios devengados desde el despido por importe diario de 48,49 euros.

De igual forma, la empresa abonará a don Vasile Sandu la cantidad de 3.140,69 euros en concepto de salario del mes de septiembre, pagas extras de Navidad, beneficios y vacaciones, ante la ausencia de prueba respecto de su pago debido a la situación de incomparecencia de este. La cantidad objeto de condena generará el recargo por mora de conformidad con lo previsto en el artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores respecto de las cantidades salariales.

Notifíquese la presente resolución a las partes. Contra la misma podrá interponerse recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Se advierte a las partes que contra esta sentencia puede interponerse recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita, que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta IBAN ES55/ 0049/3569/92/0005001274 con el número 2512/0000/61/1191/15 del “Banco Santander”, aportando el resguardo acreditativo. Si el recurrente fuese entidad gestora y hubiere sido condenada al abono de una prestación de la Seguridad Social de pago periódico, al anunciar el recurso deberá acompañar certificación acreditativa de que comienza el abono de la misma y que lo proseguirá puntualmente mientras dure su tramitación. Si el recurrente fuere una empresa o mutua patronal que hubiere sido condenada al pago de una pensión de la Seguridad Social de carácter periódico deberá ingresar el importe del capital-coste en la Tesorería General de la Seguridad Social previa determinación por esta de su importe una vez le sea comunicado por el Juzgado.

Así por esta mi sentencia lo pronuncia, manda y firma doña Soledad Esther Hidalgo Serna, magistrada-juez de lo social.

Publicación

Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por la magistrada-juez de lo social que la firma estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Transportes Españoles 2012, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de junio de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/25.650/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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