Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 179

Fecha del Boletín 
28-07-2016

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160728-226

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

226
Madrid número 32. Procedimiento 1.363 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don José Francisco Ramos Alonso, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.363 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Beatriz Sanz Domingo, frente a “Enterprise Formación Continua, Sociedad Limitada”, “Formación y Prevención Técnicos Asociados, Sociedad Limitada”, “Medios de Prevención Externos Centro Levante, Sociedad Limitada”, y “Medios de Prevención Externos de Andalucía, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Se aprueba la conciliación obtenida por las partes en fecha 28 de enero de 2016, en los términos siguientes:

Con carácter previo por la parte actora se desiste de “Formación y Prevención Técnicos Asociados, Sociedad Limitada”, “Medios de Prevención Externos de Andalucía, Sociedad Limitada”, y “Enterprise Formación Continua, Sociedad Limitada”.

Iniciado el acto, se advierte a las partes de sus respectivos derechos y obligaciones, exhortándoles para que lleguen a un acuerdo amistoso que se obtiene en los siguientes términos:

La empresa reconoce la improcedencia del despido con fecha de efectos de 30 de noviembre de 2014 y ofrece por el concepto de indemnización la cantidad de 9.300 euros netos de los cuales la trabajadora ya ha percibido la cantidad de 4.720,58 euros quedando pendiente de recibir la cantidad de 4.579,42 euros netos que se harán efectivos mediante transferencia bancaria en el número de cuenta ES39/1465/0170/13/1719570157 en el plazo de setenta y dos horas.

La trabajadora acepta y manifiesta no tener nada más que reclamar por ningún concepto.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que frente a ella no cabe recurso, sin perjuicio de lo previsto por el artículo 84.6 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social sobre impugnibilidad de la validez de la avenencia dentro de los treinta días siguientes a su celebración.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La letrada de la Administración de Justicia, Luisa Álvarez Castillo.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Formación y Prevención Técnicos Asociados, Sociedad Limitada”, “Medios de Prevención Externos de Andalucía, Sociedad Limitada”, y “Enterprise Formación Continua, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 28 de junio de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/25.537/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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