Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 179

Fecha del Boletín 
28-07-2016

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160728-219

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

219
Madrid número 32. Ejecución 270 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don José Francisco Ramos Alonso, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 270 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Martín Encinas, frente a “Falcon Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa del laudo arbitral, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 196 de 2016

En Madrid, a 6 de abril de 2016.—Doña María Luisa Gil Meana, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 32 de Madrid, tras haber visto los presentes autos número 270 de 2015, sobre cantidad, entre partes: de una, y como demandante, don Rafael Moro Pérez, que comparece asistido de la letrada doña Laura Domínguez López, con número profesional 83.189, y de otra, como demandados, “BDO Abogados y Asesores Tributarios”, “IDEUP Desarrollos Tecnológicos, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Que con desestimación de la demanda presentada por don Rafael Moro Pérez, contra “IDEUP Desarrollos Tecnológicos, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar al actor la cantidad de 2.671,46 euros, más 267,14 euros de interés por mora. Y debo condenar y condeno a la administradora concursal “BDO Abogados y Asesores Tributarios” a estar y pasar por tal declaración.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella no podrán interponer recurso.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada ha sido la anterior sentencia en el día de su fecha por la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña María Luisa Gil Meana que la suscribe, en la Sala de audiencias de este Juzgado.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Falcon Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 23 de junio de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/25.321/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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