Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 179

Fecha del Boletín 
28-07-2016

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160728-144

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13

144
Madrid número 13. Ejecución 19 de 2016

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 13 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 19 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Eva Patricia González Varela, frente a “Snow Creación, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia.—En Madrid, a 23 de junio de 2016.

La extiendo yo, la letrada de la Administración de Justicia, para hacer constar que con fecha 23 de junio de 2016 tiene entrada en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado ingreso por cuantía de 1.585,10 euros a los efectos del presente pleito.—Doy fe.

Decreto

En Madrid, a 23 de junio de 2016.

Parte dispositiva:

Se alza el embargo acordado en la presente ejecución de las devoluciones tributarias que la Agencia Estatal de Administración Tributaria tenga pendientes de devolver a la parte ejecutada y de los saldos de “Snow Creación, Sociedad Limitada”, a favor de la ejecutada en las entidades que consten en el Punto Neutro Judicial, cancelándose las medidas de garantía adoptadas.

Póngase a disposición de doña Eva Patricia González Varela la cantidad de 744,70 euros mediante la expedición del correspondiente mandamiento que podrá retirar en la Secretaría de este Juzgado una vez firme la presente resolución.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Snow Creación, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 23 de junio de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/25.586/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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