Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 171

Fecha del Boletín 
19-07-2016

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160719-75

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 1

75
Madrid número 1. Procedimiento ordinario 669 de 2013

EDICTO

En virtud de lo acordado en los autos de procedimiento ordinario número 669 de 2013 por no ser conocido el domicilio de “Unidad Editorial, Sociedad Anónima”, y “Publial Comunicación, Sociedad Limitada”, por resolución de fecha 3 de junio de 2016, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia de fecha 26 de junio de 2015, que es del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 13 de octubre de 2015.—En nombre de Su Majestad el Rey.

La ilustrísima señora doña Elena O’Connor Oliveros, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 1 de Madrid, ha vistos los autos de juicio ordinario tramitados con el número 669 de 2013, y seguidos a instancias de “Unidad Editorial, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora doña María Luisa Montero Correal y asistida de letrado, contra “Publial Comunicación, Sociedad Limitada”, declarada en rebeldía.

Fallo

Estimo la demanda interpuesta por la procuradora señora Montero Correal, en nombre y representación de “Unidad Editorial, Sociedad Anónima”, contra “Publial Comunicación, Sociedad Limitada”, declaro haber lugar íntegramente a la misma, y en su virtud condeno a la demandada a pagar a la actora la cantidad de 15.653,73 euros, más los intereses legales. Todo ello con expresa condena en costas a la demandada.

Y para que sirva de notificación a “Publial Comunicación, Sociedad Limitada”, expido y firmo la presente.

En Madrid, a 3 de junio de 2015.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/25.267/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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