Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 171

Fecha del Boletín 
19-07-2016

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160719-126

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20

126
Madrid número 20. Ejecución 191 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Almudena Ortiz Martín, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 191 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Elena Gómez Aguilar, frente a Asociación Amigos de la Música de Daganzo y Ayuntamiento de Daganzo de Arriba, sobre ejecución forzosa del laudo arbitral, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

En Madrid, a 22 de junio de 2016.

Parte dispositiva:

Se decreta el archivo definitivo de la presente ejecutoria sin más trámite, previa baja en el libro correspondiente.

Póngase a disposición la cantidad ingresada, librándose al efecto mandamiento de pago en concepto de costas a favor de la letrada doña Begoña del Olmo López por importe de 350,00 euros, y mandamiento de pago por importe de 19,05 euros en concepto de intereses a favor de doña Elena Gómez Aguilar.

Hágase saber a las partes que los anteriores mandamientos quedarán a su disposición en la Secretaría de este Juzgado, pudiendo ser retirados de lunes a viernes, en horario de nueve a catorce horas, y que en caso de no se retiradas, dichas cantidades se ingresarán en la “Cuenta de depósitos provisionalmente abandonados”.

Notifíquese esta resolución.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, IBAN ES55/0049/3569/92/0005001274, número 2518/0000/64/0191/14.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Asociación Amigos de la Música de Daganzo, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 22 de junio de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/24.513/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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