Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 171

Fecha del Boletín 
19-07-2016

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160719-46

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible

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Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible. Plan especial usos en patio de manzana

Acuerdo del Ayuntamiento Pleno, de 29 de junio de 2016, por el que se aprueba la ampliación por tres meses del plazo máximo de resolución y notificación del procedimiento de revisión de oficio del Plan Especial para la implantación y transformación de usos en el interior del patio de manzana situado en la calle Máiquez, número 64 B.—711/2016/04558.

El Pleno del Ayuntamiento, en su sesión ordinaria celebrada el 29 de junio de 2016, adoptó el siguiente acuerdo:

“Ampliar tres meses el plazo máximo de resolución y notificación del procedimiento de revisión de oficio del Plan Especial para la implantación y transformación de usos en el interior del patio de manzana de la calle de Máiquez, número 64 B, a contar desde el día siguiente al del vencimiento del plazo previsto en el artículo 102.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con el artículo 42.6 del mismo texto legal, por los motivos contenidos en el informe jurídico de la Secretaría General Técnica del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible”.

Lo que se publica de conformidad con el artículo 60.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para general conocimiento. El referido acuerdo no es susceptible de recurso en vía administrativa ni contencioso-administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42.6, apartado 4, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sin perjuicio de que su contenido puede ser objeto de valoración, en su caso, en un posterior recurso ante el acto que ponga fin al procedimiento, así como de cualquier otro recurso que el interesado considere necesario para la defensa de sus derechos o intereses legítimos.

En Madrid, a 4 de julio de 2016.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

(03/25.492/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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