Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 164

Fecha del Boletín 
12-07-2016

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160712-67

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

67
Madrid. Sala de lo Social. Sección Segunda. Procedimiento 267 de 2016

SALA DE LO SOCIAL

Sección Segunda

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Asunción Oliet Palá, letrada de la Administración de Justicia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección Segunda de la Sala de lo social).

Hago saber: Que en el procedimiento número 267 de 2016 de esta Sección de lo social, seguido a instancias de don Youri Vladimirovich Krasavtsev Krasavtsev, frente a Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, administración concursal de “CES, Sociedad Cooperativa Madrileña”, en la persona de don Jorge Pérez Ventura y “CES, Sociedad Cooperativa Madrileña”, sobre recurso de suplicación, se han dictado las siguientes resoluciones:

Fallamos

Que debemos desestimar y desestimamos el recurso de suplicación interpuesto por don Youri Vladimirovich Krasavtsev Krasavtsev contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo social número 2 de esta ciudad en los autos número 726 de 2014, y en consecuencia, confirmamos la sentencia recurrida.

Sin costas.

Diligencia de ordenación de letrada de la Administración de Justicia, doña Asunción Oliet Palá.—En Madrid, a 15 de junio de 2016.

Visto que se ha acreditado por la parte demandada constituida por “CES, Sociedad Cooperativa Madrileña”, que se encuentra en ignorado paradero, notifíquese la resolución dictada en las presentes actuaciones mediante edicto publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, al que se oficiará a efecto.

En el edicto hágase la advertencia a que se refiere el artículo 59 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, a propósito de que a partir de la resolución objeto de notificación por edictos y salvo que se trate de autos, sentencias o emplazamientos, las notificaciones a la parte que se encuentra en ignorado paradero se efectuarán en estrados.

En consecuencia, la presente diligencia de ordenación se notificará en estrados a la parte en ignorado paradero.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición ante la letrada de la Administración de Justicia, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 186 y 187 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia de notificación en estrados.—En igual fecha que la diligencia de ordenación anterior, se procede a notificar la misma en estrados a “CES, Sociedad Cooperativa Madrileña”.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de esta Sección, salvo las que revistan la forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación a “CES, Sociedad Cooperativa Madrileña”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 15 de junio de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/23.275/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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