Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 164

Fecha del Boletín 
12-07-2016

Sección 1.3.55.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160712-10

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ADMINISTRACIÓN LOCAL Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

10
RESOLUCIÓN de 27 de junio de 2016, de la Secretaría General Técnica, por la que se acuerda publicar la Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio de 14 de junio de 2016, por la que se estima el recurso de alzada interpuesto por don José Luis Pérez López, en representación del Colegio de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Comunidad de Madrid, contra la Resolución de la Dirección General de Administración Local de 26 de febrero de 2016, en los términos previstos en la misma.

Don José Luis Pérez López, en nombre y representación del Colegio de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Comunidad de Madrid, interpone recurso de alzada RA 119.5/16 contra Resolución de la Dirección General de Administración Local de 26 de febrero de 2016, sobre la creación del puesto de colaboración reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, denominado Vicesecretaría-Intervención del Ayuntamiento de Guadalix de la Sierra, que ha sido resuelto mediante Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio de 14 de junio de 2016.

Al tratarse de un acto que requiere publicidad conforme a lo establecido en el artículo 9 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de abril, procede publicar la presente Resolución que resuelve el recurso de alzada.

Visto el recurso de alzada interpuesto por don José Luis Pérez López, en nombre y representación del Colegio de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Comunidad de Madrid, contra la Resolución de la Dirección General de Administración Local de 26 de febrero de 2016, se constatan los siguientes

HECHOS

Primero

Con fecha 26 de febrero de 2016 se dicta Resolución de la Directora General de Administración Local en la que se dispone “dar publicidad en virtud de las competencias de clasificación atribuidas a la Comunidad Autónoma en los artículos 2 y 9 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional, al acuerdo de creación del puesto de colaboración, a la Secretaría y a la Intervención denominado Vicesecretaría-Intervención del Ayuntamiento de Guadalix de la Sierra, adoptado por dicho Ayuntamiento, mediante acuerdo de Pleno de fecha 18 de febrero de 2016, en virtud de las competencias que le atribuye el artículo 2.g) del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio”.

Segundo

Con fecha 22 de marzo de 2016 se publica en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 69, la Resolución de la Directora General de Administración Local de fecha 26 de febrero de 2016, sobre la creación del puesto de colaboración reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional denominado Vicesecretaría-Intervención del Ayuntamiento de Guadalix de la Sierra.

Tercero

Con fecha 11 de abril de 2016, don José Luis Pérez López, en nombre y representación del Colegio de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Comunidad de Madrid, interpone recurso de alzada contra la Resolución de la Dirección General de Administración Local de 26 de febrero de 2016, alegando, en síntesis, disconformidad con la misma.

Cuarto

La Dirección General de Administración Local ha emitido informe a que se refiere el artículo 114.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, proponiendo la estimación del recurso interpuesto.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

La competencia para resolver el recurso de alzada interpuesto corresponde al Viceconsejero de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, de acuerdo con lo que se establece en el artículo 114.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con lo dispuesto en el artículo 44.2.d) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.

Segundo

En cuanto a lo alegado, el informe de la Dirección General de Administración Local de 5 de mayo de 2016, pone de manifiesto lo siguiente:

El recurrente alega que la Resolución adoptada por la Dirección General de Administración Local de la Comunidad de Madrid no resuelve el expediente de clasificación, de hecho, no figura en ningún lugar de la Resolución la subescala en la que se supone clasificado el citado puesto, ni siquiera se hace mención a la propuesta de clasificación de conformidad con lo establecido en el artículo 2.g) del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio.

Por tanto, la Resolución impugnada se limita a dar publicidad a la creación del puesto por el Ayuntamiento de Guadalix de la Sierra, afirmando, eso sí, que la publicidad se hace en virtud de las competencias de clasificación; omitiendo la obligación de resolver sobre la clasificación propiamente dicha. Así pues, el recurrente solicita que se dicte Resolución ajustada a la normativa vigente por la que se clasifique el puesto de colaboración creado por el Ayuntamiento de Guadalix de la Sierra, en la subescala y categoría que proceda, dando publicidad a la citada Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y remitiendo al Ministerio de Administraciones Públicas, a los efectos de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”, de conformidad con el artículo 9 del citado Real Decreto.

A este respecto, la Dirección General de Administración Local, en vía de recurso, señala que el Ayuntamiento de Guadalix de la Sierra presentó el 19 de febrero de 2016 documentación para la tramitación del expediente de clasificación del puesto de Vicesecretaría-Intervención del Ayuntamiento. En la documentación que remite, consta certificado del acuerdo de Pleno de fecha 18 de febrero de 2016, en el que se crea el puesto de colaboración a la Secretaría y a la Intervención, denominado Vicesecretaría-Intervención, clase tercera, Subescala Secretaría-Intervención, para funcionario con habilitación de carácter nacional. En el mismo acuerdo, se solicita a la Comunidad Autónoma, “al amparo de las competencias de clasificación de puestos reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional que tienen atribuidas la clasificación del puesto de colaboración, a la Secretaría y a la Intervención, denominado Vicesecretaría-Intervención, clase tercera, subescala Secretaría-Intervención”.

Respecto a la competencia de clasificación de puestos, y de conformidad con lo expuesto en el recurso y el propio artículo 9 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional, «Los expedientes de clasificación serán resueltos por el órgano competente de la Comunidad Autónoma respectiva. Las resoluciones correspondientes se publicarán en los diarios oficiales. Dichas publicaciones serán remitidas a la Dirección General de la Función Pública y publicadas conjuntamente por esta en el “Boletín Oficial del Estado”, al menos con carácter trimestral».

Como bien señala el recurso interpuesto, la Comunidad de Madrid, concretamente, la Dirección General de Administración Local, siempre ha procedido a la clasificación de los puestos de colaboración señalando la subescala y categoría en la que se clasificaban, puesto que en ello consiste la competencia que le atribuye el artículo 9 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, dar a conocer las características del puesto en cuestión, dando publicidad a la misma y practicándose la correspondiente anotación en el Registro integrado de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

La Resolución de la Directora General de Administración Local de fecha 26 de febrero de 2016, sobre la creación del puesto de colaboración reservado a funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional denominado Vicesecretaría-Intervención del Ayuntamiento de Guadalix de la Sierra, no ha cumplido con la finalidad propia del artículo 9 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, al haberse omitido, por error, la clasificación del puesto y, por tanto, las características del mismo.

De todo lo hasta aquí expuesto se desprende que la Resolución de la Directora General de Administración Local de la Comunidad de Madrid de fecha 26 de febrero de 2016, en lo que se refiere al resolutivo primero, debe modificarse, ya que se omitió por error la clasificación del puesto, por lo que debe estimarse el recurso, y ser su redacción definitiva la siguiente:

“1. Dar publicidad, en virtud de las competencias de clasificación atribuidas a la Comunidad Autónoma en los artículos 2 y 9 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional, a la clasificación del puesto de colaboración, a la Secretaría y a la Intervención del Ayuntamiento de Guadalix de la Sierra, denominado Vicesecretaría-Intervención, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, subescala Secretaría-Intervención, categoría única, de conformidad con el acuerdo de creación adoptado por dicho Ayuntamiento, en sesión de Pleno de fecha 18 de febrero de 2016, en virtud de las competencias que le atribuye del artículo 2.g) del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio”.

Asimismo, al tratarse de un acto que requiere publicidad conforme lo establecido en el artículo 9 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de abril, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional, se debe proceder a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la presente Resolución que resuelve el recurso de alzada interpuesto por don José Luis Pérez López, en nombre y representación del Colegio de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Comunidad de Madrid, contra la Resolución de la Directora General de Administración Local de fecha 26 de febrero de 2016, sobre la creación del puesto de colaboración denominado Vicesecretaría-Intervención del Ayuntamiento de Guadalix de la Sierra.

En su virtud, y de acuerdo con el informe de la Dirección General de Administración Local, en el que se propone estimar el recurso interpuesto,

RESUELVO

Estimar el recurso de alzada interpuesto por don José Luis Pérez López, en nombre y representación del Colegio de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Comunidad de Madrid, contra la Resolución de la Dirección General de Administración Local de 26 de febrero de 2016, en los términos previstos en la presente Resolución.

La Resolución objeto de la presente notificación pone fin a la vía administrativa y contra la misma procederá, en su caso, recurso contencioso-administrativo a interponer en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación de la presente notificación ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia, o bien ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos.

Madrid, a 27 de junio de 2016.—El Secretario General Técnico, PDF (Resolución de 9 de julio de 2015), el Subdirector General de Régimen Jurídico, Manuel Guisado Fuentes.

(03/24.654/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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