Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 163

Fecha del Boletín 
11-07-2016

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160711-82

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 34

82
Madrid número 34. Juicio verbal 282 de 2014

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (250.2) número 282 de 2014, entre “Grenke Rent, Sociedad Anónima” y “Alvi Travel, Sociedad Limitada”, en reclamación de cantidad, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 171 de 2015

Magistrado-juez: don José Luis Vallés Abenia.

Lugar: Madrid.

Fecha: 6 de octubre de 2015.

El ilustrísimo señor don José Luis Vallés Abenia, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 34 de los de esta ciudad, habiendo visto los presentes autos de juicio declarativo ordinario en reclamación de cantidad, promovidos a instancia de “Grenke Rent, Sociedad Anónima” y en su representación la procuradora doña María Fuencisla Martínez Mínguez, contra “Alvi Travel, Sociedad Limitada”.

Fallo

Que estimando la demanda promovida por “Grenke Rent, Sociedad Anónima” contra “Alvi Travel, Sociedad Limitada”, debo declarar resuelto el contrato de arrendamiento de 22 de febrero de 2012, suscrito por las partes, por incumplimiento de la obligaciones esenciales del contrato, por parte del demandado desde el día siguiente de la fecha del burofax de resolución contractual, 17 de mayo de 2013, y, en su virtud, debo condenar y condeno al demandado a devolver la actora el bien objeto de dicho contrato en el domicilio de la demandante, condenando igualmente a la demandada al pago de la totalidad de las rentas objeto del contrato, que ascienden a 2.987,10 euros, más los intereses calculados en adición de un 5 por 100 al interés legal, que ascienden a la suma de 131,76 euros, que será incrementada en 0,171 euros por día desde el día siguiente a la presentación de la demanda hasta el íntegro pago de la deuda, más 1,914 euros por día de retraso en la devolución de los bienes recargo que asciende a fecha de la demanda a 344,52 euros, con expresa condena al pago de las costas.

Notifíquese la presente resolución.

Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, previa consignación de los depósitos y tasas legalmente exigibles.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, la pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación en forma a la demandada “Alvi Travel, Sociedad Limitada”, firmo y expido el presente.

En Madrid, a 20 de junio de 2016.—El magistrado-juez de primera instancia (firmado).

(02/24.155/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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