Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 161

Fecha del Boletín 
08-07-2016

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160708-74

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 23

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Madrid número 23. Procedimiento 718 de 2015

EDICTO

Don Salvador González Bascueña, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 23 de esta capital.

En resolución de esta fecha dictada en los autos seguidos bajo el número 718 de 2015, sobre liquidación de regímenes económicos matrimoniales, promovidos por la procuradora doña María de la Concepción Moreno de Barreda Rovira, en nombre y representación de doña Ángeles García Ponce, contra don Nelson Barragán Gómez, en situación procesal de rebeldía, he acordado por medio del presente notificar a mencionada parte demandada que en el referido procedimiento ha recaído resolución de 24 de febrero de 2016, en la que en su parte dispositiva se acuerda lo siguiente:

Se aprueba la liquidación presentada por la representación de doña Ángeles García Ponce, contra don Nelson Barragán Gómez para la liquidación y adjudicación de los bienes de la sociedad de gananciales del matrimonio según lo dispuesto en la fundamentación jurídica anterior y de conformidad con el contenido del acta de 17 de febrero de 2016 que se une como anexo a la presente resolución.

No se hace especial pronunciamiento sobre las costas procesales.

La presente resolución carece de eficacia de cosa juzgada, pudiendo los interesados hacer valer los derechos que crean corresponderles sobre los bienes adjudicados en el juicio ordinario que corresponda.

Notifíquese esta resolución a la parte demandada mediante edictos que serán colocados en el tablón de anuncios de este Juzgado y entregado a la parte actora para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Firme que sea esta resolución procédase al archivo de los autos sin más trámite, previa expedición y entrega a las partes de testimonio de esta resolución.

Contra la presente resolución cabe recurso de revisión ante este Juzgado en el plazo de cinco días y en la forma prevista en el artículo 454 bis de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así lo dispongo, ordeno y firmo.

Y para que sirva de notificación en forma a don Nelson Barragán Gómez, que se halla en ignorado paradero, he acordado la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Haciéndole saber de que contra la referida sentencia cabe recurso de revisión a interponer ante este Juzgado en término de cinco días por medio de abogado y procurador.

Madrid, 2016.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/8.106/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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